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Gipuzkoa retrasa hasta 2024 la obligación de informar por operaciones con criptomonedas

La Hacienda foral se acoge a la ley estatal que afecta a usuarios y operadores y aplaza el proceso un año por motivos de calendario y por la agitada actividad fiscal de estos meses

Imanol Lizasoain

San Sebastián

Jueves, 12 de enero 2023, 06:41

Paso atrás en el modelo informativo foral y estatal que busca recabar todas las operaciones hechas con criptomonedas por parte de usuarios y operadores –aquellas ... empresas y entidades que facilitan y actúan como intermediarios en las operaciones con este tipo de activos– que invierten en moneda digital.

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El departamento dirigido por María Jesús Montero se ha visto obligado a retrasar hasta el año 2024 –la Hacienda de Gipuzkoa va al compás de la Agencia Tributaria– las nuevas obligaciones informativas sobre las monedas virtuales, una declaración que afecta a los saldos y actividades producidas en 2023. El aplazamiento se debe a la actividad frenética de los últimos meses en materia tributaria como a motivos de calendario después de que el Consejo de Estado, al evaluar la normativa, pidiese un informe a la Agencia de Protección de Datos para analizar el impacto de los modelos 172, 173 y 721 de declaraciones informativas sobre el saldo de monedas virtuales a final de año, encuadrados en el reglamento que desarrolla la ley de lucha contra el fraude.

LA FRASE

  • Modelo 172 y 173 Está dirigido a todas aquellas empresas residentes fiscales en España que intervienen en el mundo de las criptodivisas (creadores de monedas, agencias de cambio, monederos virtuales o cualquiera que preste servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros). El 172 obliga a las empresas e individuos a declarar los saldos de monedas virtuales propios y de sus clientes, mientras que el 173 obliga tan solo a las empresas que informen de todas las operaciones que realicen, ya sea en España o en el extranjero.

  • Modelo 721 Este modelo nace tras la aprobación de la Ley de medidas antifraude en el año 2021, introduciendo una modificación de la Ley Tributaria española. El anterior modelo 720 no incluía cómo declarar las criptomonedas en el extranjero, por ello, la Agencia Tributaria ha desarrollado el modelo 721 de AEAT, el cual, tienen que usarlo aquellas personas que sean titulares o inversores de criptomonedas, así como los servicios que ofrezcan, los cambios y la custodia de claves criptográficas. Está dirigido a personas físicas, propietarios de criptomonedas que dispongan, previsiblemente, de una cartera de un valor mínimo de 50.000 euros.

Las nuevas normativas estaban previstas que entrasen en vigor a principios de este mismo año, y obligaba también a los usuarios guipuzcoanos de estas divisas digitales a presentar un informe para que el fisco foral tuviese controlada esta actividad.

Es el modelo 721 el que más ampollas ha levantado. Es el único que van a tener que declarar los particulares que operan con criptomonedas en el extranjero, pero también los beneficiarios, autorizados y apoderados. Este informe recoge que para determinar el número de unidades de cada moneda virtual se computarán las existentes al inicio y cierre del año, y para su valoración se tomará la cotización media a 31 de diciembre. Si el saldo de criptomonedas no supera el equivalente a 50.000 euros, no habrá obligación de presentar informe alguno.

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Aunque la presentación de declaraciones informativas se retrasa al próximo año, Hacienda recuerda que las ganancias obtenidas con la operación con monedas virtuales están sujetas al pago de IRPF y, por tanto, tienen que consignarse en la declaración de la renta.

El dato

  • 35.200 declarantes en España incorporaron ganancias derivadas de operaciones con monedas virtuales por más de 759 millones. En el impuesto sobre el patrimonio, 1.275 contribuyentes incorporaron 911,9 millones como saldo de sus carteras de cripto a cierre de 2022.

El profesor de la UPV-EHU y responsable del máster 'Bitcoin y Tecnología Blockchain', Mikel Peñagarikano, confirma esta tesis del aplazamiento y afirma que «existen tantas divisas digitales diferentes (en torno a 20.000) que resulta muy complicado elaborar un informe con ese nivel de detalle que se requería. Creo que Europa ha aplazado este modelo informativo para tener una regulación mucho más homogeneizada entre todos los Estados miembro. Uno de los modelos anteriores, el 720 (que obliga a los contribuyentes a declarar las monedas virtuales que posean fuera de España), ya generó muchos problemas y el Tribunal europeo lo echó atrás», sostiene Peñagarikano.

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Multas de 5.000 euros

La Agencia Tributaria, así como las Haciendas forales, también establecían diferentes sanciones por no cumplir con la obligación de presentar alguno de estos modelos. En el caso del 172 sobre los saldos de monedas virtuales, la multa fija ascenderá a 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada moneda que hubieran sido aportados de forma incompleta o inexacta, con un mínimo de 10.000 euros. Cuando la infracción tributaria sea sin requerimiento previo, el importe de la multa será de 100 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a cada moneda individualmente, dependiendo de la clase, con un mínimo de 1.500 euros.

Si dejamos estos asuntos legales de lado y ponemos el foco en las turbulencias que han sufrido las criptomonedas en este pasado 2022, en apenas un año, el precio del Bitcoin ha caído un 77%, pasando de los 69.000 dólares a apenas superar los 16.500 dólares.

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Según los datos de la Agencia Tributaria, casi 35.200 declaraciones incorporaron ganancias derivadas de operaciones con monedas virtuales, por un importe de más de 759 millones. En paralelo, en el impuesto sobre el patrimonio, un total de 1.275 declarantes incorporaron 911,9 millones como saldo de sus carteras de criptomonedas a cierre de año.

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