Gipuzkoa da luz verde a la norma fiscal de criptomonedas para cumplir la sentencia judicial
Hacienda corrige en la nueva normativa el sistema con el que tienen que tributarse estos activos cuando un contribuyente obtiene ganancias o pérdidas
Gipuzkoa ya ha elegido la forma con la que tributarán las criptomonedas a partir de 2026. La Hacienda foral ha establecido un criterio –denominado FIFO– ... para el cálculo de las ganancias y pérdidas patrimoniales que obtengan los contribuyentes tras las operaciones de venta de estos activos digitales y que tienen que ajustarse en el IRPF. Una iniciativa que la institución foral toma tras la sentencia judicial de este año que dio la razón a dos residentes fiscales del territorio que pleitearon contra Hacienda, tal y como adelantó este periódico.
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El detonante del litigio fue una inspección fiscal del ente foral en 2017 contra estos dos contribuyentes que les obligó a declarar unas ganancias por valor de unos 300.000 euros –entre la cuota y los intereses– en divisas digitales, con un método de gravamen que el fallo consideró incorrecto. Los demandantes habían abonado a las arcas forales una cantidad diferente utilizando otra forma de cálculo, mientras que desde Hacienda consideraban que a esa cifra pagada había que sumarle 296.189 euros más.
En resumen, el fisco foral aplicó el criterio FIFO global (first in, first out, primero que entra, primero que sale), que establece que las primeras unidades compradas son las primeras que se venden para calcular la base imponible. Los contribuyentes demandantes seleccionaron otro sistema, que se llama LIFO (last in, first out, último en entrar, primero en salir), que les permitió imputar a la venta las criptos adquiridas más caras o elegir qué paquete vender. Al elegir esta fórmula, la ganancia obtenida en la operación fue menor, y por tanto el impuesto a pagar también se redujo.
El fisco apuesta por el sistema FIFO, que ordena las ventas como si siempre salieran primero las compras más antiguas
Iniciativa pionera
Entrando en detalle, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco sentenció que la Hacienda de Gipuzkoa no podía aplicar el método de gravamen FIFO porque no lo tenía recogido en su normativa. De modo que el fisco ha acelerado para corregir esa ausencia en la ley en un movimiento inédito en el resto de Haciendas forales y también en territorio común. Tras la aprobación ayer por el Consejo de Gobierno en el que se establece que el método FIFO será el criterio que regirá la tributación a partir de 2026, ahora sólo falta que la normativa pase por Juntas Generales para que se someta a votación y se pueda aplicar desde la próxima declaración de la Renta. Eso sí, en los ejercicios no prescritos –los últimos cuatro–, los contribuyentes que hayan realizado operaciones con criptomonedas podrán presentar una declaración alternativa, sin que ello signifique per se que el resultado fiscal les vaya a salir más favorable, según aclararon a DV fuentes de Hacienda.
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Además, Gipuzkoa aprobó ayer el proyecto de Norma Foral sobre el impuesto de la banca y otras modificaciones del Concierto económica. Se incorpora el tributo sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras. Un impuesto especial que obliga a los bancos a pagar una parte de sus beneficios obtenidos por intereses y comisiones, con el fin de reforzar la recaudación pública.
El nuevo método de gravamen de las criptomonedas se aplicará ya en la declaración de la Renta del año que viene
En el caso del impuesto sobre sociedades y el impuesto sobre la renta de no residentes, se modifica el umbral de los 10 millones de volumen de operaciones a considerar para determinar la normativa aplicable, la competencia inspectora y la exacción de los impuestos, incrementándolo hasta los 12 millones. En el IVA, por su parte, se efectúa la misma modificación con respecto a la exacción e inspección en volumen de operaciones. Finalmente, el proyecto de norma foral aprobado por el Consejo de Gobierno incluye además de otras modificaciones técnicas, la exención de la renta procedente de las compensaciones económicas para las víctimas del amianto en el IRPF.
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