Condenada la empresa de limpieza del Hospital Donostia al pago de 120.000 euros por vulnerar derechos sindicales
El juzgado número 2 de lo Social de San Sebastián da la razón a sendas demandas de ELA, CCOO y UGT, y cada central recibirá 40.000 euros
A. I.
Martes, 26 de noviembre 2024, 11:12
El juzgado número 2 de lo Social de San Sebastián ha condenado a la empresa de limpieza del Hospital Donostia, Optima Facility Servicies S.L., ... al abono de 120.000 euros a CCOO, UGT y ELA por vulnerar sus derechos sindicales. Cada central recibirá 40.000 euros tras presentar los tres sendas demandas en la que denunciaban que no cumplía el acuerdo de plantilla que regula las cargas de trabajo, al cual determina el número mínimo de personas que deben permanecer en este centro y «es de aplicación obligatoria porque así lo recoge en Convenio».
Tal y como público DV, el sindicato ELA informó el viernes de la semana pasada que la sentencia del juzgado número 2 de lo Social de San Sebastián fue dictada el día 20 y que el acuerdo de plantilla se firmó en 2017 y fue ratificado por la empresa a través de una conciliación judicial en el 2022. La empresa «decidió no aplicarlo de forma unilateral» en enero de 2024 y ELA interpuso una demanda ante este hecho.
Este martes ha sido el sindicato CC OO, quien ha hecho público un comunicado en el que confirma, asimismo, que la empresa Optima Facility Servicies S.L. «incumplió de forma reiterada» el acuerdo subrogado con la empresa anterior y con la representación de los trabajadores de limpieza del Hospital Aránzazu, Hospital Donostia y Hospital Gipuzkoa.
Esta central ha incidido en que después de ser denunciado el incumplimiento por parte de la empresa de dicho acuerdo, finalmente fue conciliado judicialmente con avenencia por parte de la empresa condenada y los sindicatos que tienen representación en el comité, por lo que «era de obligado cumplimiento».
La empresa «modificó unilateralmente» el acuerdo e hizo «caso omiso» a las quejas del comité y a los requerimientos de los sindicatos a cumplir lo firmado entre las partes. Ante la negativa, CCOO, UGT y ELA interpusieron sendas demandas ante el juzgado por «vulneración de derechos fundamentales ante la conducta antisindical de la empresa, ocasionando daños y perjuicios para los sindicatos con representación».
La sentencia afirma que «el incumpliendo por parte de Optima Facility Servicies S.L. del acuerdo conciliado en sede judicial es una conducta antisindical» y pide que la empresa «cese en su comportamiento antisindical».
Desde CCOO del Hábitat de Euskadi han afirmado que con esta sentencia hacen «valer al sindicalismo, el compromiso en la defensa de los intereses de los trabajadores y es un aviso al resto de empresas para que se lo piensen antes de incumplir los acuerdos y convenios que se firman».
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