Urretxu
Subvenciones para mejorar la accesibilidad y eficiencia energética de los hogaresPor segundo año, el Ayuntamiento de Urretxu ofrece una línea de ayudas para viviendas y edificios residenciales
Ya se encuentra abierto el plazo para la solicitud de las ayudas económicas ofrecidas por el Ayuntamiento para la realización de obras de mejora ... en la accesibilidad y eficiencia energética de viviendas y edificios residenciales de Urretxu. Se trata del segundo año que se concedan estas subvenciones, tras la primera convocatoria del pasado 2024.
Salvo dos retoques realizados sobre las bases del ejercicio anterior, las subvenciones son prácticamente las mismas en el presente 2025. Los cambios introducidos se han efectuado para permitir que las obras iniciadas a partir del 1 de enero de 2025 puedan finalizarse hasta el 30 de noviembre de 2026, posibilitando con ello que obras que pudieran demorarse en su ejecución por la magnitud o complejidad de las mismas, como por ejemplo, la ejecución de nuevos ascensores o la sustitución de estos, así como la ejecución de mejoras en los aislamientos de edificios, entre otras, puedan obtener ayudas y no queden excluidas en el supuesto de que estas no pudiesen estar finalizadas antes de terminar el año natural, tal y como se reflejaba en las bases aprobadas el año pasado.
Obras objeto de subvención
La partida destinada a estas subvenciones en este 2025 es de 50.000 euros y consta de dos líneas.
La primera subvenciona mejoras en la accesibilidad y se divide en dos apartados, el relativo a elementos comunes y el relativo a elementos privativos. En el primero, se contempla apoyar actuaciones en edificios residenciales como la primera instalación de ascensores, la conversión en accesible del recorrido de un ascensor ya en funcionamiento (desde la vía pública hasta cada vivienda) y la adecuación de pasos y puertas con modificaciones de ancho o mecanismos y elementos. En cuanto al apartado de elementos privativos, se apoyan actuaciones relativas a la accesibilidad en el interior de las viviendas para mejoras en los baños como pueden ser la sustitución de bañeras por duchas p puertas de paso, el acondicionamiento de aseos... y la instalación de elementos fijos de seguridad como asientos de bañera, grifos, mamparas, barras o soportes, siempre y cuando habiten en la casa personas con movilidad reducida o mayores de 65 años.
La segunda línea de estas subvenciones se centra en la mejora de la eficiencia energética y también consta de dos apartados, uno de elementos comunes y otro de privativos. En el relativo a los elementos comunes, se incluyen como objeto de subvención dentro de esta convocatoria actuaciones en edificios residenciales para la mejora de la envolvente térmica del edificio o aislamiento necesario del edificio. En el apartado de elementos privativos se contempla apoyar las obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas, así como obras de mejora de la envolvente térmica de la vivienda, como el aumento del aislamiento térmico de los cierres y la sustitución de carpinterías y cristales.
Se considerarán gastos subvencionables las obras o actividades directamente relacionadas con el objeto de estas ayudas, iniciadas a partir del 1 de enero de 2025 y que finalicen antes del 30 de noviembre de 2026. El gasto subvencionable deberá tener un presupuesto mínimo de 1.500 euros por vivienda y no se considerarán gastos subvencionables impuestos indirectos como el IVA.
En cuanto a las cuantías máximas de las subvenciones, en el caso de los trabajos realizados en elementos privativos, las personas que cumplan los requisitos para ser beneficiarias podrán beneficiarse de ayudas individuales a fondo perdido por la ejecución del importe del 30 % del gasto subvencionable (IVA excluido), con un límite de 3.000 euros.
En cuanto a los trabajos realizados en elementos comunes, generales y particulares, en el caso de las obras de comunidades que se realicen en edificios de propiedad horizontal o en caso de propietarios únicos, se concederá una subvención del 40% del presupuesto protegible por portal, con un límite de 8.000 euros. Respecto a la rehabilitación de fachadas. La cuantía de la subvención se establece en un máximo de 25% de la cantidad subvencionable, con un límite máximo de 3.000 euros por fachada. Las actuaciones subvencionables de las distintas líneas son compatibles entre sí y las subvenciones objeto de las presentes serán compatibles con otras subvenciones.
Plazo de solicitud y justificación
Las solicitudes pueden presentarse hasta el 31 de diciembre de este 2025 en el Ayuntamiento. El plazo para la justificación de las subvenciones será de 3 meses a contar desde el siguiente a la finalización de las obras, siempre antes del 31 de diciembre del ejercicio siguiente (2026) al que se otorgó la subvención.
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