Arrasate-Mondragón
La ordenanza de terrazas, en caminoEl Consistorio presenta el borrador de la primera ordenanza de terrazas que entrará en vigor en el municipio el próximo año
Los arrasatearras, y muy especialmente los residentes en vecindarios con bares, han recibido con «esperanza y agradecimiento» la noticia de la promulgación en un ... futuro próximo de una ordenanza reguladora de terrazas. Se establecerá por fin una normativa que determinará los deberes y obligaciones que corresponden a cada parte en este espinoso asunto.
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Arrasate es a día de hoy el único municipio guipuzcoano de más de 20.000 habitantes que carece de una ordenanza en esta materia, y su reglamentación ha funcionado hasta la fecha de manera «discrecional», tal y como admitían desde el ayuntamiento en las sesiones públicas realizadas esta semana para presentar el borrador de la ordenanza.
Impulsar la reflexión ciudadana sobre los avances que reportar la norma y recoger las valoraciones del público era el objeto de estos encuentros. El ayuntamiento planea aprobar provisionalmente la ordenanza en diciembre, tras lo que se abrirá «un periodo de 30 días para la presentación de alegaciones».
El consistorio ha redactado un borrador de ordenanza de terrazas tomando como modelo las normativas en vigor en los municipios de Durango, Zumaia, Orio y Hondarribia.
El borrador de ordenanza presentado al público esta semana, determina de entrada, que como norma general la instalación de terraza en cualquier espacio deberá permitir un paso libre peatonal mínimo de 2 metros. Aunque con salvedades como el casco histórico, donde se deberá dejar una separación peatonal y rodada de 3,5 metros.
Ancho de fachada
La longitud lateral de las terrazas no podrá exceder de la longitud de fachada del establecimiento. Pero como apuntaron los responsables de Urbanismo, excepcionalmente se podrá permitir la prolongación de la terraza frente al local colindante, incrementando la su longitud en un 50% «si existe un consentimiento por escrito del titular de local colindante». Lógicamente, no se podrán poner terrazas delante de portales, comercios, salidas de emergencia, cubos de basura, aparcamientos reservados, jardines...
Asimismo, la superficie máxima permitida a las terrazas será de 57,60 metros cuadrados. Y solo si la terraza se ubica en plazas, se podrían ocupar hasta 86,40 metros cuadrados. Y nunca a más de 25 metros de distancia del establecimiento.
Además, subrayaron, se deberán colocar gomas bajo las patas de las mesas y de las sillas y en los soportes del mobiliario, para reducir el ruido a la hora de moverlos, con el fin de minimizar las molestias a los vecinos a la hora de moverlos.
En las terrazas se permitirán, además de mesas y sillas, sombrillas, toldos, protecciones laterales, plataformas, paneles de información, así como adornos y macetas. Pero, eso sí, cada día se recogerá el mobiliario, las sombrillas y se guardarán en el interior del local y se retirarán los toldos hasta arriba. En el caso de sombrillas grandes, si no hay espacio en el interior del establecimiento, deberán anudarse en el exterior a una estructura fija que no sea árbol.
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