Arrasate
Horarios y régimen sancionador para las infraccionesSábado, 11 de octubre 2025, 20:47
Las terrazas deberán observar un horario: entre el 1 de octubre y el 30 de mayo, de domingo a miércoles, de 08.00 a 22.30, y de jueves a sábado, de 08.00 a 00.00 horas. Del 1 de junio al 30 de septiembre, de domingo a miércoles, de 08.00 a 23.30 horas, y de jueves a sábado, de 08.00 a 00.30 horas. Y en fechas especiales (8 al año), de domingo a miércoles, de 08.00 a 00.30, de jueves a sábado, de 08.00 a 01.30. Para las infracciones en materia de terrazas (no sol horarios) se establece un régimen sancionador con multas leves (500-750 euros); graves (751-1.500 euros y suspensión de licencia durante 1 mes, y muy graves (1.501-3.000 euros) y 3 meses de suspensión de licencia.