La Fiscalía se opone a rebajar los 13 años de inhabilitación a Junqueras por malversar el 1-0
El Ministerio público ha enviado un decreto a todos los fiscales para unificar el criterio y rechazar las peticiones de rebaja de penas por este delito tras la reforma del Código Penal
Ander azpiroz
Madrid
Miércoles, 25 de enero 2023, 12:20
La Fiscalía se opone a rebajar las penas de inhabilitación a Oriol Junqueras y a los exonsejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Sí ... apoya, en cambio, reducir la condena a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, a los exconsejeros Josep Rull y Joaquim Forn, y los activistas Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Ninguno de estos últimos fue condenado por malversación al considerar el Supremo que no desviaron fondos públicos de la Generalitat catalana para organizar el referéndum ilegal del 1-O.
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La Fiscalía sí mantiene para los nueve dirigentes independentistas la pena por el recién creado delito de desordenes públicos, que sustituye al de sedición con penas mucho más leves tras la reciente reforma del Código Penal. «Resulta incuestionable en el caso que nos ocupa que uno de los componentes típicos de la acción sediciosa ha sido la producción de graves enfrentamientos con las fuerzas del orden y de otras acciones también definidas en el nuevo tipo penal del art. 557, que han generado una alteración grave de la paz pública y que eran punibles antes y después de la reforma», valora el escrito.
Las peticiones de la Fiscalía
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Orio Junqueras Se solicita mantener la pena de 13 años de inhabilitación absoluta.
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Raül Romeva Se solicita mantener la pena de 12 años de inhabilitación absoluta.
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Jordi Turull Se solicita mantener la pena de 12 años de inhabilitación absoluta.
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Dolors Basa Se solicita mantener la pena de 12 años de inhabilitación absoluta.
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Carme Forcadell Rebaja de 11 años y seis meses de inhabilitación absoluta a 9 años y 2 meses de inhabilitación por desordenes públicos y desobediencia.
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Joaquim Forn Rebaja de 10 años y seis meses de inhabilitación absoluta a 8 años y 2 meses de inhabilitación por desordenes públicos y desobediencia.
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Josep Rull Rebaja de 10 años y seis meses de inhabilitación absoluta a 8 años y 2 meses de inhabilitación por desordenes públicos y desobediencia.
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Jordi Sànchez Rebaja de 9 años de inhabilitación absoluta a 5 años de inhabilitación especial por desordenes públicos.
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Jordi Cuixart Rebaja de 9 años de inhabilitación absoluta a 5 años de inhabilitación especial por desordenes públicos.
Los 'jordis', pese a estar también acusados de desordenes, son los que ven más rebajada su petición de inhabilitación al no ocupar en el momento de los hechos un cargo público.
Crítica a la reforma
Los cuatro fiscales que ejercieron la acusación durante el juicio –Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Fidel Cadena– critican en su escrito la reforma aprobada por el Gobierno junto a sus socios parlamentarios, entre ellos Esquerra Republicana, la formación de Junqueras, Romeva y Bassa.
En concreto, afirman que con la derogación de la sedición «se ha eliminado uno de los instrumentos penales de respuesta frente a las agresiones al orden constitucional, debilitando su adecuada protección». Este argumento choca con el mantenido por el Ejecutivo que asegura que el antiguo delito de sedición no existe en ninguno de los ordenamientos jurídicos de los países vecinos.
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Los fiscales también difieren públicamente con el juez Pablo Llarena. El magistrado del Supremo retiró a Carles Puigdemont la acusación de sedición nada más entrar en vigor la modificación legislativa. Sí le mantiene las de malversación y desobediencia, pero no le añade desordenes públicos, como sí hace el Ministerio Público con los líderes secesionistas que fueron condenados y encarcelados.
En lo que se refiere a Junqueras, Romeva, Turull y Bassa, el Ministerio Público mantiene que «las penas de prisión que les fueron impuestas se hallan extinguidas por su cumplimiento parcial y por la concesión a todos de un indulto parcial del resto de la prisión que se hallaba pendiente de cumplir, razón ésta por la que no procede la revisión de las penas de prisión. En consecuencia, la tarea de revisión se ceñiría a las penas de inhabilitación absoluta que están cumpliendo». Y, se añade a continuación, la malversación por la que fueron condenados en su momento sigue teniendo –a pesar de la reforma del Código Penal– «un reproche punitivo mayor que los desórdenes públicos».
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La reacción de Esquerra
Pese a este revés, Esquerra sigue defendiendo la reforma del Código Penal pactado con el Gobierno. Eso sí, cada vez le va a costar más convencer a su parroquia de los beneficios del cambio legal. De acuerdo al criterio de la Fiscalía, y también al del juez Llarena, tanto Junqueras como Romeva seguirán inhabilitados durante años. El Ministerio Público desbarata la estrategia de ERC, que pretendía que su presidente pudiera concurrir en las próximas elecciones. E
l escrito de la Fiscalía puede además dar al traste con los planes de los republicanos, que entre su militancia, vendieron la reforma acordada con el Gobierno como una «amnistía de facto». Según la interpretación que hacen los fiscales del 'procés' de la malversación agravada, Josep María Jové, Lluís Salvadó y la treintena de exaltos cargos del Govern que están pendientes de juicio por participar en la organización del referéndum del 1-O corren el riesgo de ser condenados a penas altas de prisión.
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Criterio único
La petición del Ministerio Público de no rebajar las penas de Oriol Junqueras y los otros tres exconsejeros condenados por malversación en el referéndum ilegal del 1-O–Räul Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa– llegó el mismo día en el que su máximo responsable, Álvaro García Ortiz, remitió un decreto para unificar el criterio de todos los fiscales con el fin de evitar que condenados este delito en su modalidad agravada puedan ver reducida sus penas en virtud de la última reforma del Gobierno.
El Ministerio Público trata de evitar rebajas de penas por malversación agravada como las sucedidas por la ley del 'solo sí es sí'
Con el anterior Código Penal en la mano, la malversación llegaba a pagarse hasta con 12 años de cárcel, independientemente de que el delincuente se quedara con el dinero para su disfrute personal o se lo traspasara a terceros. Ahora la sanción máxima es de cuatro años de no existir la apropiación.
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La orden remitida por García Ortiz establece que «el ánimo de lucro exigido por el nuevo delito de malversación se apreciará en todos los casos en los que el responsable actúe con conciencia y voluntad de disponer del patrimonio público como si fuera propio, destinándolo a fines ajenos a la función pública para conseguir una ventaja o beneficio propio o ajeno de cualquier tipo». En base a este criterio, se añade que «el ánimo de lucro también se apreciará cuando el responsable del delito no persiga la obtención de una ventaja patrimonial o un incremento económico personal».
El Ministerio Público evita en cualquier caso el choque frontal con el Gobierno al asegurar que la Ley Orgánica 14/2022 –la que reformó vía exprés el Código Penal tras el pacto entre el Ejecutivo de coalición y Esquerra– amplía el marco de tutela penal del patrimonio público. También se mantiene que «ninguna conducta malversadora queda impune y que cualquier atentado contra los caudales públicos tiene su respuesta penal».
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