Yeray Rodríguez, junto a su madre Patricia Martín. Gorka Estrada

Osakidetza aprueba en un año 156 casos pero deniega casi uno de cada cuatro

Un Comité Asesor, formado por médicos de distintas especialidades, es el encargado de verificar si los pacientes cumplen o no los criterios de inclusión

Aitor Ansa

San Sebastián

Miércoles, 10 de septiembre 2025, 23:58

Osakidetza gestionó el año pasado 201 solicitudes de menores para comenzar un tratamiento con hormona de crecimiento, de las cuales dio el visto bueno a ... que 156 de esos niños y adolescentes fuesen tratados por el ServicioVasco de Salud, pero denegó casi una de cada cuatro (22,3%) peticiones como la de Yeray Rodríguez, el pequeño lasarteoriatarra de 15 años que apenas mide 1,39 metros de altura y no pasa de los 34 kilos de peso, y cuya familia exige al Departamento de Salud que costee un tratamiento para el que su familia ya ha gastado alrededor de 16.000 euros en la sanidad privada.

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En Osakidetza, un Comité Asesor, formado por médicos de distintas especialidades como endocrinólogos, pediatras o nefrólogos, es el órgano encargado de dar luz verde a cada una de estas peticiones. «El comité recibe y gestiona las solicitudes de tratamiento remitidas por los facultativos que atienden a los pacientes y verifica si cumplen los criterios de diagnóstico de inclusión y la indicación médica para su autorización», explica a este periódico Lander Hijona, subdirector de Atención Hospitalaria de Osakidetza.

La decisión de que el Servicio Vasco de Salud costee o no uno de estos tratamientos, agrega, se basa en criterios clínicos dependiendo del tipo de deficiencia que presenta el paciente en cuestión. «Los tratamientos para una determinada patología tienen sus indicaciones médicas en base a la evidencia científica. Más allá de esto, se tienen en cuenta otras consideraciones como la evolución clínica a lo largo del tiempo, ya que eso puede modificar la actuación», expone Hijona, que recalca que las dos denegaciones realizadas por el Comité en el caso del menor lasarteoriatarra fueron «de carácter provisional en ambos casos».

«La efectividad de la hormona en menores con intestino ultracorto como Yeray no está acreditada ni previsto su uso en la ficha del fármaco»

Lander Hijona

Subdirector Atención Hospitalaria Osakidetza

En este sentido, sostiene que Salud «garantiza la cobertura de las prestaciones sanitarias que están incluidas en cartera de servicios, regulada por ley como, por ejemplo, el tratamiento con hormona de crecimiento cuando tiene indicación médica y siempre cumpliendo criterios clínicos basados en evidencia científica».

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En el caso de Yeray, explica, el pequeño estaba «afectado por un síndrome, el de intestino ultracorto, que afecta de por sí al crecimiento, en tanto que una de las principales consecuencias del mismo es la malabsorción de nutrientes. La efectividad del tratamiento con hormona de crecimiento en estos casos no está acreditada ni previsto ese uso en la ficha técnica del medicamento prescrito», por lo que, puntualiza, sería«un tratamiento experimental a la vista de la clínica de base del menor».

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