Borrar
Fachada de uno de los supermercados de Mercadona. Reuters
Mercadona deberá indemnizar con 34.000 euros a una clienta por lesiones sufridas con una puerta automática

Mercadona deberá indemnizar con 34.000 euros a una clienta por lesiones sufridas con una puerta automática

Según los hechos probados cuando la víctima, de 78 años, reclamó la grabación de las imágenes el local afirmó que se habían borrado

Agencias

Viernes, 15 de noviembre 2024

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado una sentencia que condena a la cadena de supermercados Mercadona a pagar una indemnización de 34.404,35 euros a una clienta que sufrió lesiones al ser golpeada por una puerta automática en uno de sus establecimientos. El incidente ocurrió el 6 de marzo de 2019, cuando la demandante, de 78 años, salía del supermercado. La puerta se cerró inesperadamente, golpeándola y provocando su caída al suelo.

«La demandada no la guardó para justificar la falta de responsabilidad o la no culpabilidad que le achacaba la demandante», señala la sentencia, refiriéndose a la grabación de las cámaras de seguridad que Mercadona alegó haber borrado. La Audiencia Provincial considera esta falta de colaboración como un factor determinante en su decisión, afirmando que «tal actitud impide llegar a otro convencimiento que el que ha llegado la Magistrado de instancia».

La sentencia de primera instancia ya había fallado a favor de la víctima, argumentando que Mercadona, como titular del establecimiento, tenía la responsabilidad de garantizar la seguridad de sus clientes, independientemente de la causa exacta del mal funcionamiento de la puerta. La empresa apeló la sentencia, alegando una inversión de la carga de la prueba y una apreciación errónea de las pruebas presentadas. Sin embargo, la Audiencia Provincial rechazó estos argumentos.

Valoración de daños

En cuanto a la valoración de los daños, la Audiencia Provincial ha dado mayor credibilidad al informe pericial presentado por la demandante. Este informe se basó en una exploración física de la mujer, mientras que el perito de Mercadona elaboró su informe sin haberla examinado. «En el presente caso la Sra. Magistrado Juez de instancia de forma correcta ha optado por el informe pericial que ha considerado más pertinente a la vista de que ha sido la perito de la demandante quien ha efectuado el informe valorando la situación de la demandante el día 4 de noviembre de 2019 de forma personal», explica la sentencia.

Con esta decisión, la Audiencia Provincial de Madrid sienta un precedente en cuanto a la responsabilidad de los establecimientos comerciales en la seguridad de sus clientes. La sentencia también destaca la importancia de la colaboración en la aportación de pruebas para determinar la responsabilidad en este tipo de casos.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariovasco Mercadona deberá indemnizar con 34.000 euros a una clienta por lesiones sufridas con una puerta automática