Un hombre pasea con su perro por las calles de Deba. félix morquecho

Los animales pasan a tener DNI desde este miércoles

Desde hoy dejan de ser «cosas» y pasan a considerarse seres «sintientes», con lo que los jueces tendrán que velar por su bienestar en casos de divorcio

el diario vasco

Miércoles, 5 de enero 2022, 12:57

Los animales han dejado de ser «cosas» a partir de este miércoles y pasan a considerarse seres vivos «sintientes», con la entrada en vigor de la proposición de Ley que modifica al mismo tiempo tres normas: el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil en lo relativo al régimen jurídico de los animales.

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La reforma afecta al Código Civil de modo que el bienestar de los animales deberá ser tenido en cuenta en los procesos de separación o divorcio a la hora de concretar el régimen de convivencia, custodia, cuidado de estos, régimen de visitas y será el juez el encargado de decidir a quién entregar el cuidado de estos en función de su bienestar.

Además, incorpora este concepto a la hora de decidir en situaciones de herencia, sucesión, por lo que el juez se encargará de fijar el destino de un animal en caso de fallecimiento de su propietario, atendiendo a su bienestar.

Asimismo, atendiendo a la concurrencia entre los malos tratos a animales con la violencia doméstica, de género, el maltrato y el abuso sexual infantil, incluye la limitación de la guardia y custodia en los casos en que haya antecedentes por maltrato animal ejercida como forma de violencia o maltrato psicológico de estos.

La reforma de la Ley hipotecaria, en la que se introduce un nuevo apartado en el artículo 111, establece que a partir de ahora los animales serán «absolutamente inembargables» de acuerdo con el vínculo de afecto con su familia. Esto supone, por ejemplo, que cuando un juez dicta un embargo de bienes, solo podrá llevarse lo embargable, entre lo que ya no estarán incluidos los animales, que quedarán al cuidado de su familia.

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Mientras que en caso de accidente, los animales ya no quedarán abandonados, sino que tendrán que ser atendidos. En concreto, adecúa el Código Civil a la «verdadera naturaleza» de los animales, de las relaciones, particularmente las de convivencia, que se establecen entre estos y los seres humanos«, para lo que se introducen en las normas relativas a las crisis matrimoniales preceptos destinados a concretar el régimen de convivencia y cuidado de los animales de compañía.

¿Cuál es el objetivo de esta Ley?

El objetivo principal de la Dirección General de Derechos de los Animales con esta medida es la de crear una base de datos a nivel nacional, teniendo así controladas a todas las mascotas para garantizar su bienestar y evitar así su abandono.

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¿Cómo será el DNI de las mascotas?

La gestión del documento recaerá en manos de las comunidades autónomas, aunque existirá una base de datos común para todo el Estado. Pese a que las autoridades no lo han aclarado todavía, lo más probable es que el DNI sea digital e incorpore un código QR para consultar el historial de la mascota, que deberá registrar datos como el nombre, el calendario de vacunas, los tratamientos veterinarios o información sobre el dueño.

¿Es obligatorio tenerlo?

Sí, aunque no exime al dueño del deber de que el animal siga llevando el microchip.

¿Qué ocurre en caso de divorcio o separación de los dueños?

Los jueces determinarán si serán cuidados por uno u ámbos cónyuges, así como el reparto de cuidados del animal, atendiendo siempre al interés de los miembros de la familia y al bienestar de la mascota.

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