La ley vasca de Memoria Histórica prevé sanciones de hasta 10.000 euros por exaltar el franquismo
El anteproyecto del Gobierno Vasco tipifica como muy graves infracciones como la destrucción de fosas, que puede ser sancionada con multas de hasta 150.000 euros
El Gobierno Vasco ha aprobado este martes el anteproyecto de ley de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi, que ha sido remitido al Parlamento para ... su tramitación y que pretende complementar la normativa estatal sobre esta materia. Una de las mayores novedades del anteproyecto presentado por la consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, Beatriz Artolazabal, es que la ley vasca recogerá un régimen sancionador en el que se prevén sanciones de hasta 150.000 euros para las infracciones muy graves, como podría ser la destrucción de fosas con víctimas de la Guerra Civil. En el apartado de las sanciones graves, se podrían sancionar hasta con 10.000 euros infracciones como la exaltación del franquismo o la realización de manifestaciones que atenten contra las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura.
Artolazabal, que ha comparecido en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno como responsable de las políticas de memoria del Ejecutivo de PNV y PSE, ha destacado que la futura ley «refuerza y dota de marco normativo» a una trayectoria de décadas en esta materia por parte del Gobierno Vasco, que en los últimos años se ha articulado a través del Instituto Gogora. La consejera de Justicia ha apelado al «acuerdo y el consenso» entre todos los partidos vascos para que la ley pueda recibir un amplio apoyo en el Parlamento (aunque los dos socios de gobierno ya cuentan con mayoría absoluta para aprobarla) y ha subrayado que «la memoria no puede ni debe ser instrumento de división y de confrontación».
El anteproyecto de ley contiene un apartado de régimen sancionador en el que se establecen infracciones muy graves, graves y leves y sus correspondientes sanciones, que se traducen en multas que van desde los 10.000 hasta los 150.000 euros en el caso de las infracciones muy graves; de 2.000 hasta 10.000 euros para las infracciones graves; y de 200 a 2.000 euros para las infracciones leves. Por ejemplo, se describen como infracciones muy graves la destrucción de fosas de víctimas de la Guerra Civil y la destrucción y ocultación de documentos relevantes para la investigación y conocimiento de la verdad.
Entre las infracciones graves destacan las relativas a la no comunicación de hallazgos de restos humanos; las manifestaciones que atenten contra las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura y los actos de conmemoración o exaltación del golpe militar de 1936 y la dictadura. En el apartado de las infracciones leves aparecen cuestiones como no permitir la visita pública a la red de Lugares de Memoria Histórica del País Vasco que también prevé crear esta ley.
Artolazabal ha explicado que la ley de Memoria Histórica y Democrática de Euskadi no supone el inicio de la actuación pública e institucional en esta materia, ya que se construye sobre «una trayectoria de décadas que ha situado a Euskadi como referencia en memoria histórica y democrática. Una trayectoria a la que este anteproyecto viene a reforzar y dotar de marco normativo». Ha señalado, por tanto, que supone «un nuevo paso que consolida normativamente las políticas públicas de memoria que lleva a cabo el Gobierno Vasco, y promueve y amplía el volumen de actuaciones desarrolladas hasta el momento». Otra de las novedades de la norma es la creación del Banco de ADN de exhumaciones de Euskadi.
«Futuro con memoria»
La futura ley tiene un doble fin: por un lado, promover la memoria, el reconocimiento y la reparación de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura franquista; y, por otro, fomentar principios y valores éticos y democráticos. En este sentido, la consejera ha subrayado que el anteproyecto aprobado hoy «mira al pasado, pero sobre todo mira al futuro de Euskadi. Un futuro con memoria, porque la verdad es la mejor garantía para la justicia y para la no repetición. Y la memoria, la verdad, la justicia y la no repetición son patrimonio democrático de todos y todas».
La ley recoge el derecho a la verdad que asiste a toda la sociedad, y en especial, a las víctimas que tienen derecho a conocer lo sucedido en la Guerra Civil y la dictadura. Para ello, se promueven actuaciones como el informe de vulneraciones de derechos humanos en Euskadi entre 1936-1978 o el censo de víctimas mortales durante la Guerra Civil en Euskadi. Se trata de dos actuaciones que el Instituto de la Memoria, la Convivencia y los Derechos Humanos Gogora ya ha abordado en los últimos años.
Respecto al derecho a la justicia, teniendo en cuenta que la Administración de Justicia es competencia exclusiva del Estado, la ley detalla en su capítulo III el impulso y colaboración que se tendrá con la Ertzaintza, la Fiscalía y los órganos judiciales en la puesta en conocimiento de la existencia de indicios delictivos como consecuencia de las localizaciones de restos humanos e identificaciones realizadas.
El anteproyecto regula el derecho de las víctimas a su reconocimiento y reparación, para lo que prevé valorar la pertinencia y viabilidad de indemnizaciones complementarias a las ya materializadas en el pasado por la Administración vasca, y en su caso, proceder a su implementación. Por otro lado, un reconocimiento individual a las víctimas mortales y el establecimiento de un día anual para el recuerdo y homenaje a las víctimas del golpe militar y la dictadura.
Ámbito educativo
El texto de la norma incide en el ámbito de la educación y las medidas para la divulgación de la memoria. En este apartado, se establece una vía esencial de colaboración con el Departamento de Educación para desarrollar herramientas didácticas para la inserción de la Memoria Histórica en el currículum vasco. Se prevé complementar esta tarea con otro tipo de actividades como visitas a espacios, itinerarios o exposiciones dirigidos al alumnado para, de esta manera, garantizar su conocimiento sobre lo ocurrido en Euskadi en este periodo de tiempo.
En ese mismo apartado se prevé la creación del espacio expositivo en la sede del Instituto Gogora y la consolidación de su Centro de Documentación. El texto recoge también que le corresponde a Gogora actuar para la localización e identificación de las personas desaparecidas en la Guerra Civil. Actuaciones que este instituto viene realizando en los últimos años y que ahora adquirirán rango normativo. Desde 2003, se han recuperado los restos de un total de 110 víctimas, 108 hombres y dos mujeres (según datos del informe 'Exhumaciones de la Guerra Civil en Euskadi'). La ley establece, asimismo, la necesidad de promover acciones para recuperar el máximo número de personas desaparecidas, y concretamente, la necesidad de iniciar las gestiones necesarias para recuperar los restos inhumados en el Valle de los Caídos que sean solicitados por sus familiares. Actuaciones que ya se venían llevando a cado desde Gogora.
Simbología franquista
La simbología contraria a la Memoria Histórica también se regula en este anteproyecto. Aunque la mayoría de los elementos, distinciones y honores institucionales de este tipo han sido retirados a lo largo de los últimos años, sigue habiendo vestigios que deben desaparecer definitivamente, según establece la norma. Asimismo, el anteproyecto establece el término Documento de la Memoria Histórica de Euskadi, en referencia a todos los fondos documentales y testimonios orales de interés que se puedan recabar, y recoge la necesidad de acometer actuaciones para recuperar esos documentos y, en especial, los incautados durante la Guerra Civil y la dictadura.
Por otro lado, el anteproyecto de ley aborda los Lugares, Itinerarios y Espacios de Memoria Histórica de Euskadi, en el que se definen de forma general estos lugares. En un desarrollo posterior se creará un catálogo de los lugares, itinerarios y espacios, y se determinará su régimen de protección y conservación.
El texto de la norma realiza un reconocimiento al movimiento asociativo de Euskadi por su labor en la recuperación de la Memoria Histórica y en la defensa de las víctimas. A su vez, establece la creación de una comisión asesora de Entidades de Memoria Histórica como órgano consultivo y de participación de las entidades memorialistas.
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