Las visitas de hijos a padres investigados por maltrato se mantienen tras la reforma legal
La Fiscalía de Gipuzkoa revela que estas se llevan a cabo en un punto de encuentro familiar y que los jueces solo las suspenden cuando advierten un «peligro concreto» para el menor
AIENDE S. JIMÉNEZ
Sábado, 8 de octubre 2022, 07:18
En septiembre del año pasado entró en vigor una reforma legal por la cual se eliminaban las visitas de padres investigados por maltrato con ... sus hijos. Una medida que pretendía fortalecer la protección de los menores y evitar así casos graves de violencia vicaria. Sin embargo, tras meses en vigor, la realidad es que por norma general los jueces de Violencia de Género no están suspendiendo esas visitas, si bien estas se llevan a cabo en puntos de encuentro familiar. Así lo recoge la Fiscalía de Gipuzkoa en su última memoria, que apunta a que la suspensión se acuerda «únicamente en los casos en los que se advierte un peligro concreto para el menor».
Fue la Ley Orgánica 8/2021 de 4 de junio de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia la que modificó el artículo 94 del Código Civil en lo referente a esta cuestión. La norma determina que «no procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos» o cuando la autoridad judicial advierta «indicios fundados de violencia doméstica o de género». ç
Sin embargo, la Fiscalía guipuzcoana señala que «hay pocos autos de los Juzgados de Violencia sobre la mujer de Gipuzkoa que suspendan el régimen de visitas» y que los jueces, «tras explorar al menor», suelen mantener los contactos que ya se habían fijado «en favor del investigado», en la mayoría de los casos consistentes en visitas supervisadas en el punto de encuentro familiar. Fuentes jurídicas consultadas por este periódico confirman que esos contactos «no se están suspendiendo de facto», porque los jueces entienden que esa decisión es la más adecuada para los menores. «Aunque si se considera que ese contacto no es recomendable, no se aplican», puntualizan las citadas fuentes.
LAS CIFRAS
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228 El año pasado se dictaron en Gipuzkoa 228 sentencias condenatorias por casos de violencia de género, de las cuales la mayoría fueron por conformidad entre las partes (140). Hubo 52 absoluciones.
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5,3% En 2021 se produjo un aumento del en la concesión de órdenes de protección a víctimas de violencia de género. Además los jueces solo denegaron un 4,5% de las solicitadas por la Fiscalía.
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14 Se impusieron 14 medidas de imposición de pulsera de localización telemática para los agresores, 7 de ellas en penas condenatorias y otras 7 como medidas cautelares de alejamiento sobre las víctimas.
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21% Un 21% aumentaron los delitos por quebrantamientos de las penas impuestas a condenados por violencia de género en Gipuzkoa durante el año pasado. Suelen ser medidas de alejamiento o comunicación.
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1 Juzgado específico de violencia sobre la mujer hay en Gipuzkoa, ubicado en San Sebastián. Desde la Fiscalía llevan años reclamando la necesidad de implantar otro en el territorio para mejorar el servicio.
Esta misma semana el Tribunal Supremo ha suspendido las visitas a un padre de Tenerife condenado por violencia de género, al entender que «constituye un pésimo modelo» para su hija de 4 años, ya que sus «desajustes psicológicos» le impiden desempeñar su rol paterno.
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Lo que sí ha provocado la reforma legal es un incremento de las solicitudes por parte de las víctimas para que esas visitas sean suspendidas. En los casos en los que hay un régimen de visitas establecido anteriormente pero la víctima solicita una orden de protección este no se suspende pero sí se modifica, ya que no es posible que las entregas y recogidas del menor se hagan entre los progenitores. En 2021 se produjo en Gipuzkoa un aumento del 5,3% en la concesión de órdenes de protección a mujeres víctimas de violencia de género. Respecto al ejercicio de la patria potestad, la Fiscalía señala que «la regla general es atribuirla a ambos progenitores», y únicamente en los supuestos de mayor gravedad se le priva al padre de la custodia.
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Cierto es que la reforma no era taxativa y dejaba la puerta abierta a mantener ese contacto entre los menores y su progenitor, como ya ocurría antes, siempre y cuando se considere que es beneficioso para los niños. «La autoridad judicial podrá establecer un régimen de visita, comunicación o estancia en resolución motivada en el interés superior del menor previa evaluación de la situación de la relación paternofilial», recoge el Código Civil.
En Gipuzkoa existen dos puntos de encuentro, uno en Donostia y otro en Tolosa. En ellos, más de la mitad de los menores atendidos son por casos vinculados con violencia de género. La Fiscalía guipuzcoana advierte de que «resultaría beneficioso que se crearan en otras localidades para evitar desplazamientos largos de los menores». Aunque la mayoría de las visitas de los investigados por maltrato y por sus hijos se producen en estos espacios, los jueces permiten otras fórmulas. La memoria fiscal recoge el caso de un padre al que se permiten un régimen amplio de visitas «atendiendo a la buena relación existente» con su hijo. No obstante, al contar con una orden de alejamiento sobre la madre, las entregas y recogidas deben realizarse manteniendo la distancia acordada o por un tercero.
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Esta excepción no es aplicable en el caso de padres que se encuentren en prisión por violencia de género, sea en régimen provisional o firme. En Euskadi esta reforma generó durante meses un vacío legal que permitía esas visitas en la cárcel, si bien en abril el Gobierno Vasco lo solventó con una orden que prohíbe las visitas a nuevos presos, salvo que aporten una resolución judicial contraria. En los casos de los 'vis a vis' que se realizaban antes de la entrada en vigor de la reforma, se están estudiando todos los expedientes para que sea la autoridad judicial la que decida. Algunos juzgados vascos ya han suspendido esas visitas.
Alienación parental
La Fiscalía advierte por otro lado de un riesgo que subyace cuando se mantiene la relación de padres maltratadores e hijos, que es lo que se conoce como alienación parental. Esta se da cuando el investigado utiliza a sus hijos para hablar mal de su padre y culparle de la situación, «consiguiendo de este modo que cuando se efectúa la exploración de los menores por parte del juez estos realicen un discurso aprendido y repitan todo lo que han escuchado durante las visitas con el investigado». Para ello apuntan que resulta «fundamental» la exploración de un psicólogo que «permita detectar si el menor está influenciado» por su padre. El año pasado no hubo en Gipuzkoa ninguna resolución judicial que hiciese mención a esa alienación.
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