El TSJPV reconoce la enfermedad por exposición al amianto de un trabajador aunque fuera fumador
Un juzgado de Donostia había negado una pensión a la viuda de un extrabajador de la empresa Patricio Echeverria de Legazpi
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha reconocido a la pensión de viudedad a la esposa de un ex-trabajador de la ... empresa Patricio Echeverria de Legazpi derivada de enfermedad profesional por exposición a amianto, revocando así la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 4 de Donostia, que había negado ese derecho a la viuda alegando, entre otras cosas, que el trabajador fallecido «fumaba y tenía un importante hábito tabáquico», según ha informado el sindicato ELA.
En este sentido, la Sala de lo Social del TSJPV corrige al Juez titular del Juzgado de lo Social de Donostia y señala que «hemos de revocar el criterio de la instancia y considerar que la dolencia del trabajador, de carcinoma microcítico de pulmón, por la que falleció, deriva de enfermedad neoplásica de pulmón, ha de ser calificada de enfermedad profesional, por más que el mismo fuera fumador».
Dicha sentencia recoge también que el carcinoma microcítico por el que falleció el esposo de la demandante «ha de ponerse en conexión con el trabajo que desempeñó el fallecido, trabajo que, como se ha dicho más arriba, lo hacía con una grúa con la que debía manejar las lingoteras que recogen el metal de la colada, y también atender a las tareas de quitar el recubrimiento de los hornos de fundición y retirar los escombros que generaba la retirada del recubrimiento aislante, realizando tales tareas en la cabina de una grúa, situada a unos siete metros por encima de los hornos de fundición, cabina que hasta 2003 no fue una cabina cerrada, y siendo así en la acería en la que trabajó durante toda su vida laboral se utilizaba amianto y que se realizaron tareas de desamiantado entre 2002 y 2010, así como que es probable que el trabajador sufriera exposición al amianto por el ambiente pulvígeno provenientes de las labores del proceso de colada, movimiento de cucharas, lingoteras, etc…, también en las operaciones de limpieza de la grúa, hornos y proximidades».
Además, ELA resalta que el hecho de que hasta 2003 el trabajador no contase con una cabina cerrada pone también el foco en la falta de medidas de seguridad que sufrían los trabajadores que estaban en contacto con amianto.
«Agujero negro para las víctimas»
Bidelagun, fundación creada por la central sindical ELA para impulsar la salud laboral, quiere llamar la atención, «tal y como anteriormente han hecho otras asociaciones de víctimas del amianto», sobre «la actitud» del titular del Juzgado de lo Social n.º 4 de Donostia. La fundación comenta que «las familias afectadas por enfermedades profesionales derivadas de exposición a amianto, como es este caso, sufren en este juzgado una revictimización con sentencias que ignoran la propia jurisprudencia de la Sala de lo Social de TSJPV, como es el caso del hábito tabáquico. En este sentido, el Juzgado de lo Social n.º 4 de Donostia constituye un 'agujero negro' para las víctimas del amianto y sus familias».
ELA y Bidelagun quieren, además, recordar que «las Enfermedades Profesionales derivadas del contacto con amianto son un fenómeno creciente y de dimensiones casi pandémicas, derivado todo ello de un insuficiente control público y de la falta más absoluta de medidas de seguridad por parte de las empresas durante el pasado siglo XX».
Asimismo, demandan a las instituciones públicas que «asignen los recursos suficientes para garantizar de manera efectiva el derecho a la salud de la clase trabajadora», y en concreto en una materia tan sensible como la de las víctimas del amianto exige que «de las palabras se pase a los hechos» y que se apruebe el Reglamento de desarrollo del Fondo de Compensación para las víctimas..
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