El TSJPV admite a trámite una querella contra la juez que investiga al fotógrafo donostiarra por presuntos abusos
La Sala estima que ha podido producirse un «hecho omisivo», de posible relevancia penal, «referido al deber de promover la persecución de delito de desobediencia grave a la autoridad judicial»
Javier Peñalba
Viernes, 23 de marzo 2018
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha admitido a trámite, de manera parcial, una querella presentada contra la magistrada que investiga los presuntos delitos de carácter sexual que se le atribuyen al fotógrafo Kote Cabezudo y que fue presentada por el letrado Mario Díez Fernández, que en el proceso ejerce la acusación particular. La Sala estima que ha podido producirse un «hecho omisivo», de posible relevancia penal, «referido al deber de promover la persecución de delito de desobediencia grave a la autoridad judicial», indica el TSJPV en un comunicado, en el que, por otro lado, desestima la querella respecto de otros once hechos.
Publicidad
El alto tribunal vasco indica que el procedimiento abierto se ciñe a la falta de actuación por parte de la magistrada, en relación con lo expresado por ella misma en el auto de 3 de marzo de 2017, en el sentido de que procedía investigar el incumplimiento por Kote Cabezudo del requerimiento que le fue efectuado el 25 de enero de ese mismo año «para que procediera a la inmediata retirada de toda página web o perfil público de red social o cualesquiera similares dependientes del mismo, de todo material fotográfico o videográfico, que tenga que ver con las perjudicadas en este procedimiento, mientras dure la causa y se estimen o no las denuncias por estafa y que afectan a la legitimidad de ese material, así como a su difusión, todo ello bajo pena de incurrir en un delito de desobediencia grave a la autoridad judicial».
El auto de admisión a trámite de una querella – explica el mismo órgano– no exige «la constancia acreditada de lo que se afirma en la misma, sino solamente una estimación sobre la posible relevancia penal de los hechos denunciados».
En relación con el elemento subjetivo de la intencionalidad omisiva, la Sala Penal considera que, al momento presente, no puede descartarse que «el hecho de la querella pudiera tener relevancia penal o, dicho de otra manera, que impide afirmar categóricamente en este momento procesal que no la tenga, razón por la que debe ser investigado a través de las correspondientes diligencias».
Dos de los magistrados de la Sala han emitido voto particular. El auto no es firme porque es susceptible de ser recurrido en súplica ante el propio tribunal.
Fuentes del TSJPV indican que en este procedimiento penal «no se investiga ninguna trama de pornografía infantil» y añaden que el caso se dará por concluido cuando se reciba una prueba pericial pendiente de realizar por la acusación particular.
Publicidad
Añade que en la causa se ha practicado un importante número de diligencias de instrucción, hasta once declaraciones de imputado en días diferentes, nueve con el querellado Kote Cebezudo. También recuerda que se han practicado veintiún declaraciones de testigos, once de perjudicadas y dos declaraciones periciales. Además, se han aportado tres dictámenes periciales de parte, y solicitado hasta once informes de diversa complejidad por parte de la Ertzaintza y Policía Nacional.
El fotógrafo afirma que todo el material de imágenes fue retirado de internet a los pocos meses de que en 2013 se iniciara la instrucción judicial. Cabezudo, en declaraciones a este periódico, afirma que la totalidad de los archivos de contenido sexual que había en sus páginas webs quedaron clausuradas. Sin embargo, sostiene que para entonces parte de dicho material le había sustraído de manera ilícita por otras webs y que estos documentos son los que todavía circulan por la red, sin que él tenga control alguno sobre los mismos.
Suscríbete los 2 primeros meses gratis
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión