La Audiencia de Gipuzkoa juzgará este caso el próximo día 22. Estrada

Piden 9 años de cárcel por una violación a una ingresada en psiquiatría en Donostia

El procesado, que estaba interno en el área psiquiátrica del Hospital Donostia junto a la presunta víctima, menor de edad, será juzgado este mes en la Audiencia

Oskar Ortiz de Guinea

San Sebastián

Viernes, 11 de octubre 2024, 02:00

Nueve años de prisión solicita la Fiscalía de Gipuzkoa para un hombre acusado de haber violado a una menor de edad cuando ambos estaban ... ingresados en el área de psiquiatría del Hospital Donostia. Los hechos, que presuntamente tuvieron lugar en noviembre de 2022, serán juzgados este mes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

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De acuerdo con las conclusiones provisionales formuladas por el Ministerio Público, el varón se encontraba interno en el área psiquiátrica como consecuencia de «un trastorno psicótico» favorecido en sus manifestaciones clínicas por el «consumo de múltiples tóxicos». Así, la tarde del 19 de noviembre de 2022 en la que supuestamente sucedieron los hechos, sobre las 18.12 horas, tenía «sus capacidades intelectivas y volitivas limitadas» cuando, con «el ánimo de satisfacer sus instintos sexuales», condujo a la mujer hacia la habitación del área hospitalaria, donde «le realizó tocamientos para instantes después mantener relaciones sexuales con ella con penetración».

La Fiscalía de Gipuzkoa matiza en su escrito de acusación que, aunque el procesado tenía «sus capacidades intelectivas y volitivas limitadas», habría actuado «en todo momento con conocimiento del estado mental» de la joven. Según su texto, la presunta víctima «tenía diagnosticada una catatonia maligna y un síndrome neuroléptico maligno», lo que implicaba que «carecía de toda capacidad para actuar libre y conscientemente, siendo inerme ante cualquier requerimiento sexual».

Atenuante

De esta manera, los hechos que serán juzgados en la Audiencia Provincial de Gipuzkoa el próximo martes 22 serían constitutivos de un delito de agresión sexual con acceso carnal por vía vaginal, tal como prevén los artículos 179 y 180.1.3º del Código Penal.

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La Fiscalía sostiene que el varón actuó sabiendo que la víctima, por su patología, era «inerme ante cualquier requerimiento sexual»

El Ministerio Público comprende en este caso que concurre la atenuante de la alteración psíquica que presentaba el encausado en el momento de los hechos, que recoge el artículo 21.1º en relación con el artículo 20.1º del Código Penal. De esta manera, reclama para él una condena de nueve años de prisión, así como la prohibición de comunicarse con la víctima y acercarse a menos de 500 metros del domicilio, lugar de trabajo o cualquier otrio sitio frecuentado por ella durante diez años.

También solicita su inhabilitación para desempeñar cualquier actividad, profesión o empleo que conlleve un contacto regular con menores de edad por un periodo de 15 años. Como responsabilidad civil, procedería que el hombre indemnice a la joven en la cantidad de 6.000 euros.

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