¿Uno de Iparralde o de Brest puede venir a Gipuzkoa? Si es por turismo, se desaconseja
La normativa del estado de alarma en ambos lados de la frontera depara ciertas dudas
La normativa del estado de alarma en ambos lados de la frontera depara ciertas dudas como las siguientes, algunas de respuesta un tanto ambigua.
¿ ... Puedo salir de Euskadi por causas justificadas? Sí, en las excepciones previstas en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.
¿Puedo irme por motivo de ocio a las Landas o a Baiona? En principio, no. Solo se puede salir de Euskadi por razón justificada. Eso sí, Francia pide una PCR negativa en las últimas 72 horas, salvo que a transportistas o trabajadores transfronterizos. Tampoco la pide en un radio de 30 kilómetros desde el lugar de residencia. Un ciudadano de un país fuera del espacio europeo solo podría ir por motivo de trabajo, salud o fuerza mayor. Ojo, que la hostelería gala está cerrada, salvo servicio a domicilio.
¿Puedo ir a un municipio colindante que esté en Navarra u otra comunidad autónoma? No. El perímetro de las comunidades solo se puede traspasar por causa excepcional justificada.
¿Y a mi segunda vivienda que se halla fuera de Euskadi? Tampoco, salvo que encaje en alguna de las excepciones de movilidad entre CCAA recogidas en el RD 926/2020, de 25 de octubre.
¿Puedo ir a Biarritz o Pamplona a coger un avión? Sí, pero si el motivo de viaje es turístico, en principio no se puede viajar. O no se podía, porque la ministra de Sanidad, Carolina Darias, insistió el lunes en que solo se realicen «viajes esenciales porque estamos en estado de alerta».
Si tengo un billete de avión ya comprado, ¿puedo viajar? Depende del motivo del viaje. Si es por ocio, no se puede viajar.
¿Puede un vecino de Iparralde pasar el día en Gipuzkoa? A la vista está que sí, aunque el espíritu de las restricciones a ambos lados de la muga diga que no. Pero, legalmente, un vecino de Donapaleu o de Brest podría venir. Las policías estatales no lo pueden impedir y el Gobierno galo desaconseja pero no prohíbe salir a sus ciudadanos. Según Sanidad, es obligatorio presentar una PCR al entrar en el Estado español en un viaje por vía aérea o marítima pero no por carretera.
Tengo animales fuera de la CAV, ¿puedo ir a alimentarles? Sí, pero debe justificarse con un documento que acredite la propiedad o una declaración responsable en la que se explicite la dirección donde serán atendidos.
Tengo un piso alquilado en otra comunidad pero el inquilino deja la vivienda, ¿puedo ir a recuperar las llaves? Si no es aplazable, se podría aceptar como causa de fuerza mayor.
Esta Semana Santa queremos ir varios familiares no convivientes de camping. ¿Se puede? Sí, pero en las zonas comunes se debe respetar el aforo del 50% hasta un máximo de 30 personas a la vez respetando distancias. En las mesas, grupos de cuatro. Lo mismo en hoteles y agroturismos.
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