Borrar

GHK da carpetazo al expediente contra Errazkin e Intxaurrandieta al no observar «dolo o intencionalidad» en la paralización de la incineradora

Alexis Algaba

San Sebastián

Miércoles, 9 de septiembre 2020

Comenta

Final del trayecto para uno de los capítulos que más enfrentamiento político ha generado en Gipuzkoa en la última década. La paralización por parte de los rectores de GHK (bajo mandato de EH Bildu) en 2013 del proyecto aprobado de incineradora en 2011 y su posterior judicialización por los daños económicos causados -entre otras cuestiones- ha llenado páginas y páginas de periódicos y horas de debates en las Juntas Generales de Gipuzkoa. Este miércoles, el propio Consorcio de Residuos ha aprobado el archivo del expediente de responsabilidad patrimonial directa que GHK decidió abrir a finales del pasado año.

Desde GHK valoraban la apertura de este expediente como la última oportunidad para Ainhoa Intxaurrandieta e Iñaki Errazkin, gestores del consorcio en el momento de la paralización del proyecto, «pudieran responder por los daños y perjuicios causados» tras la toma de aquella decisión. Todo ello después de que en la vía judicial acabara con tablas, ya que mientras el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) confirmó la «nulidad de pleno derecho» de aquella decisión de paralizar el contrato y la incursión de los dirigentes abertzales en una «desviación de poder» al adoptar dicha decisión -sentencia confirmada en enero de 2019 por el Tribunal Supremo-, el Tribunal de Cuentas, por su parte, eximió a ambos dirigentes del alcance contable de la decisión de paralizar el proyecto.

Ahora, los servicios jurídicos de GHK han propuesto a la Asamblea General del consorcio «que se proceda al archivo de las presentes actuaciones», ya que «no queda acreditado de forma indubitada la concurrencia de dolo, culpa o negligencia graves en los asambleÍstas que votaron a favor del Acuerdo de la Asamblea General del Consorcio de Residuos de Gipuzkoa, de 25 de noviembre de 2013, de ratificación de la resolución del contrato mixto del Centro de Gestión de Residuos de Gipuzkoa (CGRG)». La propuesta de resolución formulada en el informe jurídico ha sido aprobada en la reunión celebrada hoy por la Asamblea del Consorcio, con el voto en contra de los asambleistas de EH-Bildu.

Las sentencias, «condicionan el expediente»

El informe redactado por la Comisión Instructora al presidente de GHK Jose Ignacio Asensio, a la que ha tenido acceso este medio, dejan bien a las claras las complicaciones que surgen a la hora de poder fijar el daño económico causado por la decisión de paralizar aquel primer proyecto (actualmente Gipuzkoa ya tiene en marcha un nuevo Complejo Medioambiental en el que trata sus residuos). El informe admite desde un comienzo que «la existencia de dos sentencias firmes, contradictorias entre sí, cuyas conclusiones son totalmente opuestas, condicionan el resultado de este expediente en cuanto a la existencia de daño se refiere».

Además, la comisión que ha estudiado el caso subraya que «el principio de personalidad de las sanciones o de responsabilidad personal por hechos propios comporta que la sanción solo pueda recaer sobre quién ha tenido algún grado de participación en los hechos sometidos a enjuiciamiento. En el presente supuesto, incluso, podría entenderse como discriminatoria la sanción a imponer a los expedientados con respecto a las personas que en sus Órganos Institucionales establecieron de forma previa el sentido de la votación y a la sazón influyeron de forma determinante en la votación de los expedientados en los Acuerdo de 13 y 23 de noviembre de 2013 de Resolución, por mutuo acuerdo, del Contrato del CGRG». En resumen, que no es responsable sancionar o multar a Errazkin e Intxaurrandieta por el sentido de una votación que estaba predeterminada por una decisión política previa.

Daño económico importante

El informe establece que el daño económico ascendió a 8.765.535 euros por las indemnizaciones abonadas, sin que se pueda fijar a día de hoy el causado por los swaps, cuyo coste total se estima en 58 millones de euros, sin que pueda fijarse una cifra definitiva al estar todavía vigentes y depender su importe final de las condiciones de mercado (tipos de interés). Dicho daño, según el mismo informe, no tenía que haber sido soportado por el Consorcio de Residuos y GHK pues se produjo «por un acto administrativo, realizado con desviación de poder, vulnerando el fin constitutivo de ambas entidades».

A pesar de ello, el informe concluye que no puede probarse «de forma indubitada» que existiera intencionalidad, ni que se produjeran conductas que contravinieran los informes a los que tuvieron acceso, ni las resoluciones de los órganos representados en la Asamblea, por lo que no cabe exigir a los asambleistas una responsabilidad patrimonial directa. El informe concluye que, con independencia de que las decisiones adoptadas causaran un perjuicio económico, no puede demostrarse que existiera dolo, culpa o negligencia grave.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariovasco GHK da carpetazo al expediente contra Errazkin e Intxaurrandieta al no observar «dolo o intencionalidad» en la paralización de la incineradora

Gipuzkoa: GHK da carpetazo al expediente contra Errazkin e Intxaurrandieta por  la paralización de la incineradora