Tribunales
Absuelto el matrimonio acusado de arrojar restos de corderos degollados a un arroyo de AnoetaAmbos cónyuges se exponían a 5 años y medio de cárcel y 7.200 euros de multa para cada uno por un presunto delito contra los recursos naturales y el medio ambiente
La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha absuelto al matrimonio acusado de verter a un arroyo de Anoeta sacos con restos y vísceras de corderos sacrificados ... por el rito halal en un caserío de Larraul. Según recoge la sentencia, el tribunal considera acreditado que el hombre vertió unas sacas por una de las laderas que acaban en la regata Sorginzulo, pero en su interior «solo había lana de esquilado», y que en las aguas que desembocan en el río Alkiza «no había restos de animales». Es decir, «ni vísceras ni restos de piles de ovino». Por lo tanto, se exime a la pareja de un presunto delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, por el cual la Fiscalía solicitaba para cada uno de los cónyuges una pena de 5 años y medio de prisión y una multa de 7.200 euros.
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Los hechos tuvieron lugar la cuarta semana de agosto, coincidiendo con la fiesta del sacrificio, conocida como Eid-Al-Adha. Según la tradición musulmana, consiste en degollar y trocear un cordero, práctica que el acusado permitía en su caserío, a pesar de que entonces estaba prohibido en Euskadi. Sus clientes, en su mayoría magrebíes, abonaban entre 100 y 120 euros por cabeza y procedían a desangrar al animal, y luego el dueño «se encargaba de lo demás». El juicio celebrado en mayo, sin embargo, no tuvo lugar por este motivo, sino porque el casero fue acusado de arrojar las vísceras de los rumiantes a un arroyo de Anoeta.
Así lo aseguró el propietario de la otra mitad del caserío que albergaba la explotación ovina –de la que era titular la mujer–, quien sostuvo que, el 20 de agosto de 2018, vio al encausado arrojar varios sacos por el barranco de la regata Sorginzulo, que discurre entre los términos de Anoeta y Alkiza. Aunque la defensa puso en duda la veracidad de este extremo dada la enemistad entre ambos vecinos, el tribunal da por válido el testimonio, refrendado luego por el alguacil de Asteasu y los ertzainas que localizaron los sacos, así como una inspectora de la Agencia Vasca del Agua (URA), quien se cercioró de que no se trataba de «un vertido líquido». Sin embargo, el fallo judicial precisa que las bolsas en cuestión «no contenían ni vísceras, ni restos de pieles de ovino», tal como acreditó la técnico de Salud Pública del Gobierno Vasco que posteriormente supervisó su contenido y comprobó que solo había «lana de esquilado» de ganado ovino.
Así, el tribunal concluye en una sentencia que ya es firme que de «ningún modo» se puede deducir «de forma indubitada que el vertido realizado» por el encausado «haya supuesto un peligro para el medio ambiente», por lo que ha resuelto absolver al matrimonio.
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