Urgente Largas colas en la AP-8 y la GI-636 en dirección a la muga
Los vecinos de Bera se afanan en limpiar sus locales y calles tras el desbordamiento del río sucedido el pasado fin de semana. EFE

He sufrido daños por un temporal, ¿qué tengo que hacer?

Las recientes lluvias torrencialeshan provocado daños en Gipuzkoa y Navarra. Te contamos cómo proceder en estos casos

Mikel Madinabeitia

San Sebastián

Domingo, 28 de mayo 2023, 07:14

La sequía que padecía nuestro país en los últimos tiempos se ha transformado en los últimos días en intensas lluvias torrenciales que, en algunas zonas, ... han causado graves destrozos naturales y materiales. Fuertes lluvias y tormentas se han dejado sentir en muchos lugares, dejando tras de sí inundaciones, riadas, derrumbes de árboles y muros... Tenemos como ejemplos más cercanos los casos de las localidades de Bera, Lesaka, Arano, Hernani o Urnieta, donde los vecinos han sufrido mucho. Entre los daños causados sobresalen las viviendas, los negocios y los vehículos. Frente a esta situación, surge la pregunta: ¿quién se hará cargo de estos daños? ¿Dónde puedo reclamar? ¿Tengo derecho a recuperar mi dinero? Con la ayuda de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), te damos unas pautas para no perderte en este tipo de escenarios.

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    ¿Quién responde ante los riesgos extraordinarios?

Las aseguradoras consideran riesgos extraordinarios los causados por fenómenos de la naturaleza, desde inundaciones, a huracanes, terremotos... y también otros como los daños causados por actos de terrorismo. En principio, estos riesgos no son asumidos por las aseguradoras privadas, sino por el Consorcio de Compensación de Seguros, un organismo público que funciona como aseguradora frente a esos siniestros causados por hechos extraordinarios y que cubre terremotos y maremotos, inundaciones extraordinarias, erupciones volcánicas, tempestad ciclónica atípica y caídas de cuerpos siderales y aerolitos.

Viviendas

Hay algunos fenómenos de la naturaleza que sí están cubiertos por el seguro de hogar; si es mayor acaba interviniendo el Consorcio

Este se sustenta mediante un porcentaje de los impuestos que pagamos al contratar un seguro y su función es cubrir aquellos gastos de los que no se hacen cargo las aseguradoras privadas. Ahora bien, el Consorcio solo responde si el usuario tiene previamente contratado un seguro. De ahí la importancia de tener uno contratado. Ya se sabe lo que sucede en estos casos. ¿Para qué voy a pagar todos los meses una cantidad si luego nunca pasa nada? Hasta que pasa...

La cifra

  • 4 millones de euros. Es la valoración provisional que el Consorcio de Compensación de Seguros prevé para las indemnizaciones por el temporal que ha azotado Navarra.

Ante el temporal y las inundaciones de estos días, en aquellas zonas donde se hayan dado las condiciones establecidas para un riesgo extraordinario por el Consorcio de Compensación de Seguros, este organismo será quien se haga cargo de las indemnizaciones para los vehículos y viviendas, siempre que estén asegurados y, en el caso de los automóviles, aunque solo sea con la Responsabilidad Civil.

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Asimismo, la OCU recomienda, además de comunicarlo a la aseguradora, ponerlo en conocimiento del Consorcio lo antes posible, aunque advierte que este no cubre todos los riesgos, aplica periodos de carencia –por ejemplo, en determinados casos, siete días desde la vigencia de la primera póliza o de las siguientes si hay periodos entre medias sin cobertura– e indemniza según lo contratado en la póliza privada.

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    ¿Y si mis daños no son extraordinarios?

Si por las inclemencias del tiempo has sufrido daños que no provengan de un riesgo extraordinario, desde OCU animan a revisar tu seguro, porque podría hacerse cargo de esos daños..., siempre que tengas contratada la cobertura adecuada.

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Organismo

El Consorcio de Compensación de Seguros es como una aseguradora frente a esos siniestros por hechos extraordinarios

En el caso de los automóviles, podrán reclamar los daños a las compañías de seguro los usuarios que tengan contratado un seguro de daños propios en la modalidad de todo riesgo –donde normalmente están cubiertos los daños por granizo como impacto o choque de objetos–, y quienes tengan un seguro con lunas, en caso de que hubiera rotura de ellas.

En el caso de las viviendas, hay algunos riesgos y fenómenos de la naturaleza que sí están cubiertos por el seguro de hogar cuando no llegan a los límites de intensidad a partir de los que interviene el Consorcio.

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Automóviles

Los que tienen asegurado a todo riesgo pueden reclamar los daños y también los que tengan el seguro con lunas

El Consorcio cubre el 100% de los daños en el caso de propietarios particulares de viviendas, automóviles y comunidades. En el caso de los negocios y comercios, se responsabilizará del 93% de los daños indemnizables, ya que el 7% restante lo cubre la franquicia.

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    ¿Cómo actuar si sufres daños por un temporal?

Si el temporal o una tormenta te han causado daños, revisa las condiciones de tu seguro y reclama. Si el siniestro es claramente extraordinario, comúnicalo inmediatamente al Consorcio. Si no está claro, comunícalo tanto a tu aseguradora como al Consorcio. Es importante recopilar todas las pruebas que puedas para demostrar el origen y consecuencias del daño (desde recortes de periódicos, fotos, informes de emergencias, policia, protección civil, bomberos...) y, si es posible, busca testigos.

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