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Despedida una trabajadora de baja tras ver su jefe sus fotos en las redes sociales

El litigio comenzó cuando los responsables de la empresa supieron de las vacaciones en el extranjero de una teleoperadora durante su periodo de baja

J. F.

Lunes, 16 de junio 2025, 12:45

Un reciente litigio laboral ha captado la atención sobre los límites y las interpretaciones de los despidos durante periodos de incapacidad temporal, especialmente cuando las redes sociales entran en juego. Un artículo del blog Laboro, especializado en derecho laboral, ha analizado esta sentencia, calificándola como «una de las que quizá resuman mejor lo que es 'Españistán', no solo en el mundo del trabajo y las prestaciones, sino en general». Estos son los detalles de un caso que a jucio del autor refleja el muno del trabajo y las prestaciones en España.

Perfil de una trabajadora «vulnerable»

El caso concierne a una teleoperadora que se encontraba en una situación de «vulnerabilidad económica o riesgo de exclusión social», certificada oficialmente, lo que le brindaba beneficios como la suspensión de desahucios por impago de hipoteca o alquiler. Vivía sola y tenía dos hijos menores a su cargo.

La trabajadora comenzó a trabajar como teleoperadora y dos meses después de su incorporación, y poco más de un mes tras finalizar el periodo de prueba, se acogió a una baja por depresión. Según el autor del blog Laboro, «es la baja que más puede hacer que un empresario sospeche que el trabajador le está echando cuento». Además, se señala la extrañeza de una baja tan temprana, dada la escasa indemnización que le correspondería en caso de despido por su corta antigüedad.

Viajes por prescripción médica

Durante su baja, la trabajadora, siguiendo una «recomendación médica para viajar y hacer actividades fuera de su rutina habitual» para paliar su depresión, realizó dos viajes al extranjero con una amiga, a Lisboa y a Marruecos, desde su residencia ubicada en Cataluña.

La clave que desató el conflicto fue la publicación de imágenes de estos viajes en TikTok por parte de la amiga de la trabajadora, quien la había etiquetado. Estas imágenes fueron descubiertas por una excompañera y amiga del responsable de su empresa, al que avisó de dichos viajes.

Despido disciplinario

La empresa decidió proceder entonces a un despido disciplinario, sin indemnización, alegando que los viajes «dificultaban su tratamiento y prolongaban su baja». Cabe destacar que, teóricamente, la empresa desconocía la causa exacta de la baja al no figurar en el parte médico.

La trabajadora presentó entonces una demanda ante los juzgados de lo social. En un principio, el juzgado declaró el despido nulo, considerando que la obtención de las imágenes de las redes sociales «era ilícita y violaba el derecho fundamental a la intimidad de la trabajadora», por lo que le concedió una indemnización adicional de 7.500 euros.

Apelación

La empresa apeló ante el Tribunal Superior de Justicia autonómico, logrando que la sentencia fuera revocada. El juez argumentó que, al estar la trabajadora etiquetada en las imágenes y no haberlas eliminado, esto «suponía su consentimiento para que esas imágenes llegaran a quien pudieran llegar». Con la eliminación de la violación de derechos fundamentales, fueron revocadas la nulidad del despido y la indemnización de 7.500 euros.

A pesar de ello, el despido no fue considerado procedente (justificado). El blog Laboro enfatiza que «viajar estando de baja no supone ningún incumplimiento mientras que no se perjudique el tratamiento». En consecuencia, el despido fue finalmente declarado improcedente.

Conclusiones legales

Como resultado de esta resolución, la trabajadora perdió su empleo, recibiendo únicamente la indemnización por despido improcedente, que, debido a su corta antigüedad, fue muy reducida, «no le llegará ni a 15 días de sueldo». No obstante, podría tener derecho a reanudar el paro o algún subsidio por desempleo, y su situación de vulnerabilidad económica seguiría protegiéndola ante posibles desahucios.

Los abogados utilizan este caso para señalar algunas ideas erróneas comunes. Por un lado, critican a quienes sostienen que es difícil ganar un litigio a la empresa por despidos, y por otro lado desmienten la creencia popular de que no te pueden despedir estando de baja o que no esté permitido viajar durante las bajas.

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