Hacienda de Gipuzkoa incrementará la bonificación a las rentas inferiores a los 23.000 euros
La ganancia resultante de la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y los gastos sube hasta los 8.000 euros, frente a los 4.650 de la actualidad
En coherencia con elevar el mínimo exento a la hora de declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) hasta los 19. ... 000 euros, la Hacienda foral incorpora la tercera medida estrella de la progresividad con el objetivo de que aquellas personas que tienen una limitada capacidad económica se vean liberadas de la carga tributaria.
Así, el anteproyecto de norma foral incrementa la bonificación para las rentas del trabajo inferiores a 23.000 euros. Se entiende esta bonificación como la diferencia positiva entre el conjunto del rendimiento íntegro del trabajo y los gastos deducibles. Cuando esta diferencia sea igual o inferior a 14.800 euros, se aplicará una bonificación de 8.000 euros (5.565 euros en el Estado por rendimientos iguales o inferiores a 13.115 euros), mientras que el actual artículo que recoge esta medida parte de una diferencia de 7.500 euros con una bonificación de 4.650 euros, casi la mitad.
El siguiente tramo contempla que cuando la diferencia esté comprendida entre 14.800 y 23.000 euros(entre 13.115 y 16.825 euros en el Estado), se aplicará una bonificación de 8.000 euros (5.565 euros en España) menos el resultado de multiplicar por 0,6098 la cuantía resultante de minorar la citada diferencia en 14.800 euros. Ahora esta diferencia se sitúa entre los 7.500 y los 15.000 euros, y se aplica una bonificación de 4.650 euros.
La bonificación máxima se sitúa en los 5.565 euros, casi 2.500 menos que la nueva medida vasca
Por último, cuando la diferencia de los rendimientos íntegros y los gastos sea superior a 23.000 euros, se aplicará una bonificación de 3.000 euros. La actual normativa contempla una diferencia de más de 15.000 euros pero con la misma bonificación de 3.000 euros que plantea la nueva reforma fiscal.
También se mantiene la bonificación de 3.000 euros cuando en la base imponible se computen rentas no procedentes del trabajo cuyo importe exceda los 7.500 euros.
Las bonificaciones contempladas en los apartados anteriores se incrementarán en un 100% para aquellas personas trabajadoras activas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%. Si estas personas se encuentran en estado carencial de movilidad reducida, la bonificación se aumentará en un 250%. Estos incrementos para personas con cierto grado de discapacidad se mantienen igual que en la actualidad. Conviene recordar que la aplicación de esta bonificación no podrá dar lugar a un rendimiento neto negativo del trabajo.
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