La Diputación flexibiliza los plazos para el cumplimiento de varias obligaciones fiscales
El ente foral adopta medidas que afectan al IRPF, al Impuesto de Sociedades y al de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
La Diputación de Gipuzkoa flexibilizará aún más los plazos para el cumplimiento de algunas obligaciones fiscales. Así lo ha desvelado este martes Eider Mendoza, portavoz del ente foral, en la rueda de prensa telemática en la que se ha informado sobre sobre las decisiones adoptadas por el Consejo. El nuevo paquete de medidas, que no serán las últimas para paliar el impacto de la pandemia en el tejido productivo del territorio, son de carácter tributario como respuesta a la emergencia sanitaria y económica provocada por la crisis del Covid-19 y afectan al IRPF, Impuesto de Sociedades y el de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
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La Diputación ha valorado la repercusión que la pandemia tiene en el cumplimiento de determinados requisitos exigidos por la normativa tributaria en el acceso a beneficios o regímenes fiscales condicionados, entre otros, por el requisito de los plazos. De dicho análisis se ha concluido la necesidad de regular una prolongación de algunos de esos plazos para evitar situaciones no previstas y de fuerza mayor que provoquen su incumplimiento.
Mendoza ha recalcado que las decisiones tomadas desde la implantación del estado de alarma están dirigidas a «inyectar liquidez y garantizar flexibilidad» para las empresas y para los contribuyentes. «La Hacienda foral está para ayudar a los guipuzcoanos y queremos estar cerca de todos. Estas decisiones de hoy son, precisamente, para responder a varias de las inquietudes mostradas por los ciudadanos».
Principales medidas en IRPF
En síntesis, y en lo que respecta al Impuesto sobre la Renta y las Personas Físicas, el ente foral amplía ciertos plazos relacionados con el tratamiento de la inversión en vivienda habitual, tales como el plazo para la materialización de las cantidades depositadas en cuentas vivienda o para la ejecución de las obras de construcción de la vivienda, además de la ampliación del plazo para la reinversión en los supuestos de transmisión de la vivienda habitual.
- El plazo para proceder a materializar las cantidades depositadas en cuentas de entidades de crédito en la adquisición de vivienda habitual, que finalice entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020, será de siete años a partir de la fecha de su apertura.
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- El plazo para la adquisición de vivienda habitual en construcción pasará a ser de cinco años desde el inicio de la inversión.
- El plazo de reinversión en la vivienda habitual pasará de los dos años actuales a los tres años.
Principales medidas en Sociedades
- Las entidades cuyo período impositivo hubiera sido inferior al año natural, las entidades de nueva creación o entidades inactivas que inician su actividad en el periodo impositivo 2020, no elevarán al año la magnitud correspondiente al volumen de operaciones.
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- En cuanto a los proyectos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica realizados por entidades innovadoras de nueva creación, a los que se refiere el artículo 64 bis, se habilita la posibilidad de formalizar los contratos de financiación de aquellos proyectos que se hayan iniciado en el 2020 dentro de los nueve primeros meses de ejecución de los mismos, siempre que se cumplan los requisitos exigidos para ello, en vez de los tres existentes hasta la fecha.
- Se amplía en 12 meses adicionales el plazo en el que debe llevarse a cabo la puesta a disposición de determinados elementos nuevos del inmovilizado material (máquinas o pabellones, por ejemplo) para que sea posible aplicar la amortización libre o acelerada.
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-En materia de deducción por creación de empleo, a efectos del cómputo de la plantilla, se amplía a seis meses el plazo que tiene la empresa desde la extinción de la relación laboral para volver a contratar a un número igual de personas trabajadoras.
- En relación a la deducción por inversión en producciones españolas de largometrajes cinematográficos y de series audiovisuales, se propone ampliar en un año el plazo máximo de estreno para las obras que finalicen en 2019 o 2020.
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