Una madre con su hija, con la que forma una familia monoparental, en un parque. Antonio Tanarro

Euskadi regula las familias monoparentales: podrán solicitar ayudas a la conciliación desde enero

El Gobierno Vasco aprueba un decreto la acreditación de estas familias, hasta 21.000 en el conjunto del País Vasco, que podrán obtener ayudas y otros beneficios

A. A.

Martes, 2 de diciembre 2025

El Gobierno Vasco ha aprobado este martes el nuevo Decreto de Familias Monoparentales, que regula la acreditación de las familias monoparentales-monomarentales y las familias ... en situación de monoparentalidad-monomarentalidad a través de un nuevo certificado digital. Una vez obtenido este certificado, los beneficios que cada familia pueda obtener los establecerá cada departamento, institución o entidad en el marco de su propio ámbito de actuación.

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El decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2026, fecha a partir de la cual podrán realizarse las solicitudes tanto online (euskadi.eus) como presencialmente, en el Servicio de Atención Ciudadana Zuzenean.

Las casuisticas

  • Familias monoparentales

  • Solas.

  • Personas que han tenido descendencia en solitario y así figuran en el Registro Civil.

  • Viudas.

  • Uno de los progenitores ha fallecido y el otro queda a cargo de los hijos de ambos.

  • Patria potestad.

  • La persona progenitora ostenta en exclusiva la patria potestad.

  • Acogida.

  • Unidad formada por una persona acogedora y los menores acogidos a su cargo o los mayores de edad que hayan estado anteriormente en acogimiento permanente y sigan viviendo en el mismo domicilio.

  • Adopción.

  • Hogares en los que una persona tiene atribuida la delegación de guarda para la convivencia preadoptiva.

  • Familia numerosa.

  • Se mantiene hasta que cumpla 21 años.

  • Situación de monoparentalidad

  • Guardia y custodia.

  • Uno de los progenitores tiene la guarda y custodia exclusiva.

  • Violencia machista.

  • Hogares en los que la madre ha sufrido violencia de género por el otro progenitor de los menores.

  • Privación de libertad.

  • Uno de los padres está en prisión por un periodo superior a un año.

  • Expulsión.

  • Se otorga el reconocimiento de manera temporal aquellas unidades convivenciales en la que una de las personas progenitoras se encuentre fuera del territorio nacional en aplicación de una orden de expulsión, mientras no se encuentre en condiciones de obtener el permiso de residencia que le autorice a regresar.

  • Abandono.

  • Se acredita a los hogares en los que una resolución judicial reconoce el abandono de la familia por parte de uno de los padres.

  • Incapacidad.

  • Familias en las que una de las personas progenitoras convivientes tenga reconocida una gran dependencia, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez En este caso, la unidad familiar en situación de monoparentalidad estará conformada por la persona que no esté en situación de gran dependencia, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

  • Limitación:

  • Varía en función del caso, pero los ingresos económicos anuales no pueden ser superiores en dos veces al SMI.

A través de este decreto de reconocimiento se creará un censo de familias monoparentales, en el que se prevén 21.000 solicitudes. La norma reconoce dos tipos de familias: las monoparentales-monomarentales (las que tienen una sola persona progenitora) y las familias en situación de monoparentalidad-monomarentalidad (tienen dos progenitores, pero por sus características se asimilan a las familias monoparentales). Este último es el caso, por ejemplo, de guarda y custodia atribuida a uno de los progenitores, abandono del hogar de un progenitor, o violencia de género.

200 euros hasta los 7 años

Desde el 1 de enero del 2026, las familias monoparentales con un hijo o más podrán solicitar las ayudas a la conciliación, que en su caso supone un 30% más de ayuda. Cuando se actualicen las ayudas a la crianza (primer trimestre del 2026) las familias monoparentales (con un hijo o más) se equipararán a las familias numerosas (con tres o más hijos). Esto supone recibir, además de los 200 euros por mes, 100 euros más hasta que el hijo o la hija cumpla los 7 años.

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Melgosa ha explicado que «por primera vez, Euskadi reconoce legalmente a las familias monoparentales y lo hace desde una visión comunitaria, igualitaria y solidaria». Esto --ha añadido-- «supone un avance en la conquista de derechos y es un ejemplo del nuevo modelo de política familiar de Euskadi: moderna, inclusiva y basada en la comunidad.

Para obtener el certificado de reconocimiento, la familia debe cumplir los requisitos a la fecha de solicitud y mantenerse mientras tenga efectos el reconocimiento. De esa forma, la persona solicitante debe tener residencia legal efectiva en el momento de presentar la solicitud y mientras tenga efectos el reconocimiento. Además, ha de estar empadronada en Euskadi, de forma ininterrumpida, con al menos doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

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La hija o hijo deberá ser menor de 21 años. Este límite de edad se ampliará hasta el día en que la hija o hijo cumpla 26 años si está cursando estudios reglados encaminados a la obtención de un puesto de trabajo. Independientemente de la edad, la prestación se concederá en casos tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, gran dependencia, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

El hijo o hija deberá convivir y estar empadronado con la persona progenitora. La separación transitoria durante un periodo igual o inferior a dos años motivada por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas similares, incluyendo los supuestos de fuerza mayor o internamiento de acuerdo con la normativa reguladora de la responsabilidad penal de los menores, no rompe la convivencia.

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Además, deberá de depender económicamente de la persona progenitora. Se considera que existe dependencia económica siempre y cuando las hijas o hijos no obtengan, cada una de ellas o de ellos, ingresos económicos superiores a 2 veces el Indicador de Precios de Rentas Múltiples (IPREM) en su cómputo anual.

Melgosa ha afirmado que con este decreto se da «un paso más en el reconocimiento de la diversidad familiar». «Pasamos de la familia sola a la Euskadi que acompaña. Apostamos por una comunidad inclusiva que se apoya mutuamente, en la que cada familia aporta al proyecto común» ha explicado.

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