Las personas trans y no binarias podrán usar su nombre sentido en los documentos de la UPV/EHU
El Consejo de Gobierno aprobó el pasado martes el protocolo que regula el cambio de nombre cuando este no coincida con el legal
De ahora en adelante la Universidad del País Vasco (UPV/EHU) permitirá a las personas trans o no binarias utilizar su nombre acorde a su identidad en los documentos académicos y administrativos internos. El Consejo de Gobierno aprobó el pasado martes el protocolo que regula el cambio de nombre cuando este no coincida con el legal recogido en el Registro Civil. Así, la universidad pública vasca da un paso al frente en cuestión de igualdad y no discriminación por razones de sexo o género y afianza una comunidad estudiantil en la que prima la diversidad y la pluralidad, reflejo de una sociedad donde los modelos de identidad son cada día más numerosos.
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«Una de las cuestiones que más sufrimiento puede producir a aquellas personas que quieren vivir con una identidad sentida y que les ha sido negada, es tener que seguir sosteniendo que se les denomine con el nombre que no consideran propio. Reconocer el nombre sentido de las personas que inician su transición a la identidad que consideran como propia no es sólo una cuestión de respeto, sino que debemos enmarcarlo en los derechos que toda persona tiene para ser, manifestarse y vivir como realmente desee». Este es el párrafo de apertura del Protocolo para el cambio de nombre de las personas trans y no binarias en la UPV/EHU. El acta se alinea con el compromiso de la universidad pública vasca con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), plasmados en la EHUagenda2030.
Podrá acogerse al protocolo cualquier persona que integre la comunidad universitaria: alumnado, personal docente e investigador y personal de administración y servicios. De esta forma, todas las personas que trabajen o estudien en la universidad tendrán la obligación de llamar a las personas trans o no binarias por su nombre sentido. En opinión del secretario general, Aitor Zurimendi, «junto a la simplificación del procedimiento administrativo, este protocolo va a contribuir a un objetivo mucho más relevante: la confirmación de un tratamiento normalizado y abierto de la diversidad y de la pluralidad en el seno de nuestra comunidad universitaria».
Este es un paso más en una escalada hacia la igualdad en la que la universidad vasca lleva trabajando desde 2017. El proceso comenzó en noviembre de 2017, cuando introdujo la tercera casilla, la opción 'No binaria', en el apartado de sexo de todos sus formularios. En 2018 comenzó el proceso de adaptación para que todas las facultades y escuelas dispusieran de baños mixtos, y no solo los hasta entonces existentes para hombres y mujeres, y en 2020, instauró los Premios Empar Pineda a la inclusión de la perspectiva LGTBI en los trabajos de fin de grado y fin de máster.
Proceso de solicitud
Aquellas personas interesadas en utilizar en el ámbito interno de la universidad un nombre acorde con su identidad (nombre sentido) –distinto del nombre que figura en su documentación oficial–, deberán dirigirse a la Dirección para la Igualdad de la Universidad del País Vasco. Una vez autorizada la solicitud, en un plazo máximo de siete días, la Dirección para la Igualdad se dirigirá a los órganos competentes de la gestión de la documentación administrativa y electrónica para que procedan al cambio de nombre en registros como la cuenta de correo electrónico, las tarjetas universitarias, las listas de clase y actas de calificación y censos electorales, entre otras. El cambio se formalizará en una demora de 30 días como máximo. No obstante, en los documentos oficiales, como certificados o títulos, que expida la Universidad constará el nombre que figure en el Registro Civil.
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Con estos cambios, los Estatutos de la universidad reconocen los derechos de las personas que integran su comunidad universitaria a la igualdad y a la no discriminación, así como al respeto de su intimidad, imagen propia, dignidad, orientación sexual y protección efectiva contra el acoso. En esta línea, el reconocimiento del nombre sentido se fundamenta en distintas normas de carácter autonómico, estatal e internacional. En el ámbito de Euskadi cabe destacar la Ley 14/2012, de 28 de junio, de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales, que ha permitido avanzar legal y administrativamente hacia la superación de todas las discriminaciones por razón de la condición o circunstancia personal o social.
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