Una sentencia dicta que la promotora ABU debe pagar 1,5 millones al Ayuntamiento
Recurrió la cantidad exigida en la licencia para construir 22 pisos en el antiguo edificio de Telefónica de plaza de Cataluña
El antiguo edificio de Telefónica en la plaza de Cataluña se transforma en 22 pisos exclusivos. La promotora ABU deberá pagar 1,5 millones al ... Ayuntamiento por la participación de la comunidad en las plusvalías generadas por la ordenación urbanística de la operación. Es lo que estableció la licencia de obras –la cantidad inicial ascendía a 1.751.446 euros, pero fue rebaja al estimarse parcialmente el recurso de reposición– , una cantidad que fue recurrida por la promotora. El Juzgado contencioso-administrativo número 1 de la ciudad ha desestimado el recurso y ha dado la razón al Ayuntamiento. La promotora estudia la presentación de un recurso de apelación.
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La promotora discute el argumento municipal de la necesidad de pagar por las plusvalías que se generan en que «la edificabilidad objeto del proyecto es la misma que la del año 1995 y el número de viviendas propuesto se corresponde también con las del Plan General de Ordenación Urbana aprobado ese año».
El edificio era entonces y ha sido hasta su derribo de uso terciario, pese a que el PGOU de 1995 establecía un uso residencial. El Ayuntamiento argumentó que la licencia «no ejecuta las determinaciones del Plan General del año 1995 sino las del vigente 2010».
La sentencia compra este argumento y establece que el nuevo edificio «tiene 539,28 m2 de más superficie física construida», y supone «un incremento del número de viviendas de 0 a 22». El PGOU de 2010 califica la parcela como suelo urbano consolidado por incremento de la edificabilidad urbanística ponderada. La sentencia analiza lo anterior ante el artículo 27 de la Ley de Suelo y Urbanismo del País Vasco y establece que «lo que se produce es un cambio de uso en el edificio que pasa de no tener viviendas a tener 22; hay un tránsito de uso terciario a uso residencial y terciario, y ese conjunto de circunstancias determina la necesaria obligación de cesión a la comunidad, la necesidad de participación en las plusvalías que se generan como obligación urbanística». La resolución desestima el recurso de ABU y no efectúa imposición de costas. Contra la sentencia cabe recurso de apelación en el plazo de 15 días. Fuentes de la promotora señalaron a DV que estudian la interposición de recurso a la sentencia.
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Las obras de demolición están a punto de finalizar, lo que dará paso a la edificación del nuevo bloque residencial. Las viviendas se entregarán «en el cuatro trimestre de 2027».
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