300 grandes propietarios tienen más de 3.000 pisos en alquiler en Donostia

Arriendan el 30% de los 9.000 inmuebles que se alquilan en la ciudad, lo que supone el 3,2% del parque total de viviendas

Macarena Tejada

San Sebastián

Sábado, 27 de julio 2024, 07:01

Una de cada tres viviendas en alquiler de Donostia está en manos de grandes tenedores, propietarios con más de cinco pisos. Es decir, son dueños ... de las 3.017 casas del total de 9.323 que están arrendadas en la ciudad. Todos ellos se someterán a diversos controles para limitar los precios de las rentas cuando San Sebastián sea declarada zona tensionada, después de que el Ayuntamiento entregue en septiembre toda la documentación necesaria al Gobierno Vasco, a quien va a pedirle actuar por la vía urgente. Aunque la nueva ley de Vivienda afecte a cualquier piso de alquiler, independientemente de quién sea el propietario, hace especial hincapié en los grandes tenedores.

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Para ser considerado como tal basta con poseer 5 viviendas en la misma zona (incluida la residencia habitual) en lugar de las 10 que establece la norma general. Así, deberán afrontar más controles sobre las rentas para evitar incrementos anuales desmesurados del alquiler. En la capital guipuzcoana, que ultima el borrador de solicitud de zona tensionada al que ha tenido acceso este periódico, el consistorio calcula que «puede haber unos 311 potenciales grandes tenedores que acumulan un total de 3.017 viviendas». De media, son diez casas por propietario, según datos del Ayuntamiento, «y representan el 3,2% del total de pisos de la ciudad».

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Más de la mitad de las viviendas en manos de grandes tenedores en Donostia pertenecen a personas físicas o familias (1.871). Mucha veces, son varios hermanos que han heredado pisos en un mismo edificio, haciéndose dueños del inmueble entero. La mayoría, 76, tienen seis viviendas a su nombre, aunque hay 51 que cuentan con siete; 22, con ocho; 21, con cinco; 20, con entre once y veinte casas, 15, con nueve; 11, con entre 21 y 27; y ocho, con 10. Algo más de un millar, por su parte, está en manos de personas jurídicas o, lo que es lo mismo, fondos de inversión o empresas. Destaca una, que tiene 245 viviendas, si bien la mayoría, 35, tienen entre seis y diez. Hay unos sesenta pisos de los que se desconoce la titularidad, aunque se sabe que pertenecen a grandes tenedores.

Se suma a Errenteria y Zumaia

Tras realizar el diagnóstico del parque de alquiler de San Sebastián, el Ayuntamiento ha trabajado en un plan de vivienda que cuenta con cuatro ejes estratégicos, como son «el fomento de alquiler asequible, las actuaciones sobre el parque de edificios y regeneración urbana, el sistema de prestaciones y ayudas al alquiler y los sistemas de coordinación institucional». Esta misma semana ha compartido con los grupos políticos municipales y agentes del sector la estrategia y documentación que va a remitir al departamento vasco de Vivienda para que hagan las aportaciones que consideren necesarias. Con la petición de zona tensionada, Donostia se unirá a Errenteria y Zumaia, que de momento son los dos únicos municipios guipuzcoanos que han hecho la petición oficial al Gobierno Vasco. Es más, la villa galletera será la primera en ser declarada zona tensionada.

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«El Ayuntamiento de Errenteria hizo los deberes y ahora se abre un plazo de exposición pública para que termine en una aprobación definitiva a la vuelta del verano», aseguró el propio consejero de Vivienda, Denis Itxaso, en una entrevista a este periódico, en la que también dijo que «el expediente de Zumaia va también bastante avanzado».

Así, el Departamento de Urbanismo del Ayuntamiento ultima el borrador de la solicitud para que declare la ciudad zona tensionada por los precios de la vivienda. Y lo hará por vía de urgencia, una figura administrativa que permite acortar los plazos intermedios hasta la entrada en vigor de la medida que permitirá, entre otras cuestiones, limitar los precios del alquiler.

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Qué dice la ley sobre los grandes tenedores

Renta controlada.

En 'zonas tensionadas', la renta pactada al inicio de un nuevo contrato no podrá ser mayor que la última vigente en los últimos cinco años en la misma vivienda (tras aplicar la cláusula de actualización del contrato anterior).

Actualizaciones anuales.

La nueva ley elimina el IPC como referencia para la actualización de la renta con carácter general. Este año se puede subir un máximo de un 3%, y en 2025 entrará en vigor un nuevo índice, que será inferior al IPC.

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Prórrogas obligatorias.

Los grandes tenedores quedan obligados a aceptar en los contratos una prórroga extraordinaria (con las mismas condiciones) por un plazo máximo de un año (hasta tres en 'zonas tensionadas') cuando el arrendatarioacredite que se encuentra enuna situación de vulnerabilidad.

Impagos.

En los casos de impagos que deriven en deman-das de desahucio, ejecución hipotecaria o subasta, las partes deben someterse a un procedimiento de conciliación y el gran tenedor es el responsable de acreditar si el ocupante de la vivienda se encuentra o no en situación de vulnerabilidad.

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