Una empleada sirve en una cafetería del centro de San Sebastián. La hostelería es uno de los sectores más golpeados por el Covid. morquecho

Trabajadores y autónomos afectados por el Covid dispondrán de nuevas ayudas fiscales

Las Haciendas vascas alivian los efectos de los empleados en un ERTE y extienden la posibilidad de aplazar a 2021 el pago de los impuestos

Mikel Madinabeitia

San Sebastián

Martes, 24 de noviembre 2020, 10:29

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Ante una situación negativa como la actual, con una economía que atraviesa una crisis debido a la paralización de la actividad como consecuencia de la pandemia del Covid, es fundamental que las instituciones reaccionen con agilidad para insuflar oxígeno al tejido empresarial y a los trabajadores. Prueba de ello es el papel que están desempeñando las Haciendas vascas, con competencia propia en materia de impuestos, que ayer volvieron a tomar la iniciativa para anunciar de forma coordinada más medidas fiscales, que se suman a las implantadas desde el pasado mes de abril, con el objetivo de aportar liquidez y flexibilidad. En síntesis, las Diputaciones forales prolongarán también para el 2021 los aplazamientos tributarios de 2020, que afectan a los autónomos, a los trabajadores y a las empresas, y se incluyen otras nuevas normas, que retocan fundamentalmente el IRPF -ver ficha adjunta-.

La Diputación de Gipuzkoa, a través de su portavoz, Eider Mendoza, calificó este martes de «histórico» el acuerdo alcanzado por las tres instituciones forales vascas, tanto por su «conjunto» como por la «importancia» de su contenido y, a pregunta de DV, contestó que lo han hecho por primera vez este año de forma coordinada porque la situación «lo requería al estar las pequeñas empresas y los autónomos viviendo momentos duros y difíciles».

Las Haciendas forales quieren dotar de liquidez y flexibilidad a los colectivos más golpeados

Entrando en detalle, las nuevas iniciativas tributarias son tres y afectan tanto a 2020 como a 2021. En primer lugar, los tres territorios históricos elevan de 12.000 a 14.000 euros el límite que fija la obligación de declarar en el IRPF. Asimismo, se establece el tope de 20.000 euros, en los supuestos de más de un pagador, cuando la suma de las cantidades percibidas de la segunda y restantes fuentes de ingresos no superen en su conjunto la cantidad de 2.000 euros anuales. Esta medida tiene una incidencia especial para los afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), que además de su nómina habitual de su empresa han recibido un pago -o varios- por parte del SEPE.

En segundo lugar, se declaran exentas del pago de IRPF determinadas rentas correspondientes a ayudas extraordinarias otorgadas por las Administraciones públicas a los autónomos como consecuencia de la suspensión, paralización o grave afectación de su actividad a causa del Covid-19. Y la tercera medida incide en la fiscalidad de la recuperación de las ESPV en forma de renta para los afectados por un ERTE o un ERE. En este caso, integrarán en su base liquidable el 75% de la cantidad recuperada frente al 100% actual, por lo que un 25% estará exento de tributar.

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En cuanto a los aplazamientos de impuestos, los autónomos estarán exentos de abonar el pago fraccionado de IRPF correspondiente al cuarto trimestre de 2020, que se abonaba normalmente en enero, al igual que ha sucedido en los tres anteriores. Además, se establece un régimen de aplazamientos excepcionales, sin garantías ni intereses, para el pago de las deudas tributarias. Podrán beneficiarse las personas físicas que realizan actividades económicas, las microempresas y las pequeñas empresas, el pago se suspenderá durante tres meses y podrá ingresarse su fraccionamiento en seis cuotas mensuales del mismo importe.

Por primera vez en 2020, las Diputaciones han anunciado las iniciativas de forma conjunta

Asimismo, se amplían los plazos para beneficiarse de ventajas fiscales en el IRPF en caso de adquisición de vivienda habitual, materialización de las cantidades ahorradas en la 'Cuenta Vivienda' o reinversión por transmisión de vivienda habitual. Y se prorroga a 2021 la amortización acelerada y la reinversión de beneficios extraordinarios en el Impuesto sobre Sociedades, cuando por ejemplo una empresa tiene deducciones por adquirir una nueva máquina tras vender otra, una opción que muchas habrán desechado este año por el virus.

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Valoración

Iñigo Garmendia, responsable del departamento jurídico-tributario de Norgestión, consultora donostiarra que desarrolla su actividad acompañando a las empresas y asesorándoles en materia jurídica, fiscal, patrimonial y de gestión del cambio, requerido por este periódico para valorar las medidas anunciadas, contesta que «todo parece indicar» que 2021 «no va a ser» un año fácil y las decisiones adoptadas van en la dirección de tratar de dar «un poco de aire» a aquellos que más «están sufriendo» la deriva económica de la pandemia. Garmendia agrega que en un momento en el que la recaudación «se resiente» como consecuencia de la ralentización económica, estas medidas son posibles gracias a que «nuestras instituciones han podido endeudarse». Y considera que las iniciativas son «acertadas», como lo es el hecho de «no acometer ahora» una subida de impuestos. «Es el momento de la deuda y de tratar de mantener el mayor número de empresas y empleo», apostilla.

El fisco guipuzcoano aseguró aer que el próximo martes, cuando el texto pase por el Consejo, se conocerá en la memoria económica el alcance aproximado de estas últimas medidas. Es decir, a cuánta gente afecta y qué esfuerzo exige a las arcas forales el aplazamiento de los impuestos. Allá por mayo, cuando la Hacienda foral adoptó el primer paquete de normas, se estimó que la afección prevista superaba los 600 millones de euros; en concreto, 682.

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LAS NUEVAS MEDIDAS

  • IRPF. Se eleva de 12.000 a 14.000 euros el límite que fija la obligación de declarar. Y se establece el tope de 20.000 euros en los supuestos de más de un pagador, cuando la suma de las cantidades percibidas de la segunda fuente de ingresos no supere en su conjunto los 2.000 euros anuales.

  • Autónomos. Se declaran exentas del pago de IRPF determinadas rentas correspondientes a ayudas extraordinarias otorgadas a los autónomos como consecuencia de la suspensión, paralización o grave afectación de su actividad.

  • EPSV. Aquellas personas en situación de ERTE o ERE que rescaten su EPSV en forma de renta tanto en 2020 como en 2021 integrarán en su base liquidable el 75% de la cantidad recuperada.

MÁS APLAZAMIENTOS

  • Autónomos. Estarán exentos de abonar el pago fraccionado de IRPF correspondiente al cuarto trimestre de 2020, que se abonaba normalmente en enero, al igual que sucedió en los tres anteriores.

  • Deudas. Las personas físicas que realizan actividades económicas, las microempresas y las pequeñas empresas podrán aplazar el pago e ingresar su fraccionamiento en seis cuotas mensuales del mismo importe, sin garantías e intereses.

  • Vivienda. Se amplían los plazos para beneficiarse de ventajas fiscales en el IRPF en caso de adquisición de vivienda habitual, materialización de las cantidades ahorradas en la 'Cuenta Vivienda' o reinversión por transmisión de vivienda habitual.

  • Impuesto de Sociedades. Se prorroga a 2021 la amortización acelerada y la reinversión de beneficios extraordinarios. Se mantienen también las mejoras en la deducción por creación de empleo, que elevan el límite máximo de deducción hasta los 7.500 euros.

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