16 respuestas y una incógnita sobre la transformación de las kutxas en fundaciones
Guía práctica para no expertos ante el intenso debate abierto sobre el futuro de Kutxabank
JULIO DÍAZ DE ALDA
Sábado, 28 de junio 2014, 16:02
La inminente conversión de las cajas de ahorros que conforman Kutxabank (Kutxa, BBK y Vital) en fundaciones bancarias ha levantado en Euskadi una enorme polvareda alimentada, sobre todo, por enfrentados mensajes políticos. Toda una paradoja, si se tiene en cuenta que el cambio que se les impone a las kutxas vascas es consecuencia directa del evidente desastre en la gestión de muchas cajas de ahorros vivido en España como consecuencia de la injerencia en esas entidades de distintos grupos políticos o administraciones.
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¿Pagan justos por pecadores? En el caso vasco, claramente, sí. Pero la legislación está ahí para cumplirla. No hay manera de 'olvidarnos' de ella. La consecuencia de no cumplir con las normas es que los supervisores, permanentemente vigilados por la troika (Comisión Europea, Banco Central Europeo y Fondo Monetario Internacional), tomarían las riendas del asunto y, sin miramientos, convertirían las cajas en fundaciones bajo sus propios criterios.
Esto último no es que lo digan los políticos, sino que es la ley la que lo deja bien claro. La prueba de que esto es imparable es que el mismo giro hacia las fundaciones bancarias se ha vivido ya -con bastante menos ruido, por cierto- en La Caixa o Ibercaja. Unicaja, por su parte, también ha de dar el mismo paso.
En ese escenario, al ciudadano medio -sea o no cliente de Kutxabank-, que recibe infinidad de mensajes confusos, diametralmente opuestos y siempre demasiado técnicos, se le plantean infinidad de dudas. Aquí van algunas respuestas para intentar poner negro sobre blanco el lío de las cajas y las fundaciones bancarias. Vaya por delante que también quedan grandes incógnitas por resolver.
1 ¿Quién obliga al cambio de forma jurídica y por qué?
El origen del asunto hay que buscarlo en el rescate financiero a España, y en el el Memorando de Entendimiento (el famoso MoU, por sus siglas en inglés) que dio cuerpo a las condiciones que la troika puso para prestar hasta 100.000 millones de euros con los recapitalizar la banca A partir de ahí, fueron los informes del FMI los que marcaron la pauta. La institución liderada por Christine Lagarde puso la proa a las cajas de ahorros, a las que se culpó de la debacle financiera que apunto estuvo de conducir al país al rescate total, y siempre abogó por eliminarlas. Nunca gustó a los técnicos de Washington esa mezcolanza entre banco y entidad de asistencia social con un elevado grado de influencia política. De ahí que buena parte de los cambios que vienen se refieran al gobierno corporativo y a la profesionalización de los consejos (patronatos) de las fundaciones bancarias.
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2 ¿Cómo presiona la legislación a las cajas de ahorros para desinvertir en sus propios bancos?
Propugnó el FMI que las cajas perdieran el control de sus propios bancos. Y, finalmente, se llevó el gato al agua, pero de una manera algo más sutil. No de forma directa, sino haciendo que el mantenimiento de ese control (las kutxas dominan hoy el 100% de Kutxabank) fuera impracticable. Es lo que se llamó 'incentivos negativos', que se resume en 'no te lo prohibo pero te hago la vida imposible si no pasas por lo que yo te ordeno'.
Esas trabas consisten en la obligación para las cajas que tengan el control de un banco de dotar (apartar en el balance y, por tanto, no poder gastar) un fondo de reserva con activos (deuda pública, acciones de empresas, bonos, etc.) muy líquidos (que se puedan vender rápido) y seguros (con una buena calificación).El 'truco' está en que según las cajas pierden control de sus bancos la presión es menor.
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El objetivo, que es el único que se esconde tras todo este 'tsunami' regulatorio, es que si, por ejemplo, Kutxabank tiene un problema de solvencia sus dueños lo puedan recapitalizar rápidamente. Que el rescate de entidades de cierto tamaño no lo acaben pagando los contribuyentes sino sus accionistas. Eso, trasladado a las kutxas vascas (y a cualquier caja) tiene un perverso efecto, y es que cuanto más gravoso sea el fondo de reserva menos obra social se podrá hacer.
3 ¿Qué son las fundaciones bancarias y cuál será su cometido?
El acoso de la troika se terminó traduciendo en la Ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias de 27 de diciembre de 2013. Esta es la norma cuya aplicación trae ahora de cabeza a las kutxas. La ley define la fundación bancaria como «aquella que mantenga una participación en una entidad de crédito que alcance, de forma directa o indirecta, al menos, un 10 por ciento del capital o de los derechos de voto de la entidad, o que le permita nombrar o destituir algún miembro de su órgano de administración». Cabe recordar que el capital de Kutxabank está en manos de Kutxa, con un 32%, al que se suma el 57% de la BBK y el 11% de la Vital. Ese fue el reparto que se acordó en el contrato de integración de finales de 2011 que dio lugar al banco. La fundación bancaria tendrá finalidad social y orientará su actividad principal a la atención y desarrollo de la Obra Social y a la adecuada gestión de su participación en un banco.
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4 ¿Quedará 'viva' alguna caja de ahorros en España?
Sí. Pero serán muy pequeñas y con un radio de acción limitado a su comunidad y a provincias limítrofes. En cualquier caso, también tendrán que traspasar su actividad financiera a una entidad de crédito si su activo supera los 1.000 millones de euros. Kutxabank tiene hoy 60.000 millones en activos. Por ahora, las únicas supervivientes como cajas son Caixa Ontinyent (que en 2013 ganó un millón de euros) y Caixa Pollença.
5¿Es diferente Kutxabank del resto de bancos de cajas?
En cierto modo, sí. Aunque no sea consuelo alguno y tampoco haya servido para convencer a los 'hombres de negro' para dulcificar la legislación para con las cajas que han sido 'buenas', Kutxabank es el único banco de cajas que no ha recibido ayudas. Es más, sus accionistas son las únicas cajas de ahorros que tienen el 100% de las acciones de su banco. Esa baza, junto a la matrícula de honor que sacó el banco vasco en los test de estrés de Oliver Wyman (tenía un exceso de capital de 2.188 millones de euros incluso en el escenario más adverso de los planteados por la consultora), se intentó jugar el año pasado. La demanda de Kutxabank era dejar el dañino fondo de reserva en el banco y no en las kutxas. Pero no hubo manera. La troika no hizo distingos y hubo café, amargo, para todos.
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6 ¿Cómo se ha de realizar la transformación de las cajas?
Para las cajas que ya realizaban su actividad financiera a través de un Sistema Institucional de Protección (SIP), como las vascas, la ley da un año de plazo para la conversión en fundaciones bancarias. Será la asamblea de la caja la que apruebe, por mayoría simple, la mutación. Y la misma asamblea, a propuesta del consejo de administración, dará su visto bueno a los estatutos, designará el patronato (el nuevo órgano de gobierno) y determinará los bienes o derechos procedentes del patrimonio de la caja de ahorros que se afectarán a la dotación fundacional.
7 ¿Qué pasa si no se cumple la ley?
En ese caso, la ley señala que «se produirá la disolución directa de todos los órganos de la caja de ahorros y la baja en el registro especial de entidades de crédito del Banco de España, quedando transformada en fundación bancaria». La negativa constituiría una infracción muy grave dentro de las previstas en la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito. Esa norma fija como castigo para ese tipo de infracciones una multa por importe de hasta el 1% de los recursos propios o hasta un millón de si aquel porcentaje fuera inferior a esta cifra. Además, los administradores de la caja 'insumisa' que sean responsables de la infracción serán multados con hasta medio millón de euros, mientras se les inhabilita para ejercer cargos de administración o dirección de entidades de crédito por un plazo de hasta diez años.
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8 ¿Quién tomaría las riendas en caso de que no se hiciera la conversión en fundación bancaria?
Sería el Gobierno Vasco, que tiene atribuida la función del protectorado de las fundaciones bancarias de las cajas de Kutxabank. En concreto, el departamento dirigido por Josu Erkoreka, que nombraría una comisión gestora a los efectos de aprobar los estatutos, el patronato y cuantos trámites fueran necesarios. Siempre, en coordinación con el Banco de España y el Banco Central Europeo, que a partir del 4 de noviembre tomará las riendas de la Supervisión Única Europea (MUS, por sus siglas en inglés).
9 ¿Quién gobernará las futuras fundaciones bancarias?
Las fundaciones contarán con un patronato, un director general (con voz pero sin voto) y los demás órganos delegados o apoderados del patronato que, en su caso, prevean los estatutos. El patronato será el máximo órgano de gobierno y representación de las fundaciones bancarias, y a él le corresponderá cumplir los fines fundacionales y administrar los bienes y derechos que integren el patrimonio de la fundación. El patronato será también el responsable del control, supervisión e informe al Banco de España.
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10 ¿Quién comprondrá el futuro patronato de las kutxas?
El número de miembros lo fijarán los estatutos y en ningún caso podrá ser superior a quince. Los patronos serán personas físicas o jurídicas relevantes en el ámbito de actuación de la Obra Social de la fundación bancaria, debiendo pertenecer a alguno de los siguientes grupos. El primero, personas o entidades fundadoras, así como las de larga tradición en la caja o cajas de ahorros de que proceda, en su caso, el patrimonio de la fundación bancaria. El segundo lugar, entidades representativas de intereses colectivos en el ámbito de actuación de la fundación bancaria o de reconocido arraigo en el mismo. Junto a estos, personas privadas, físicas o jurídicas, que hayan aportado de manera significativa recursos a la fundación bancaria o, en su caso, a la caja de ahorros de procedencia. También habrá independientes de reconocido prestigio profesional en las materias relacionadas con el cumplimiento de los fines sociales y otros que posean conocimientos y experiencia específicos en materia financiera. En todo caso, el número de patronos representantes de administraciones públicas y entidades y corporaciones de derecho público no podrá superar el 25%. Hoy, ese porcentaje está en el 40%. Con respecto a las actuales asambleas generales, desaparecen los sindicatos y los impositores (clientes).
11 ¿Tienen las cajas que vender sus acciones de Kutxabank?
Este aspecto, debatido hasta el extremo en Euskadi en los últimos tiempos, no resulta práctico abordarlo de manera directa. Es más pragmático conocer qué se exige y, sobre todo, cuáles son las posibles consecuencias de un incumplimiento. Así, las fundaciones bancarias controlen más de un 30% de un banco (como Kutxa) elaborarán un protocolo de gestión de la participación financiera que regulará los criterios básicos de carácter estratégico que rigen la gestión por parte de la fundación bancaria de su participación en la entidad de crédito participada y las relaciones entre el patronato y el consjeo del banco. También deberá aclarar los los mecanismos previstos para evitar posibles conflictos de interés. Ese protocolo de gestión, que será remitido al Banco de España para su aprobación en un plazo de dos meses desde la constitución de la fundación, se hará público.
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12¿Es suficiente con ese protocolo de gestión en el caso de Kutxa?
No. Las fundaciones como Kutxa tendrán también que presentar anualmente al Banco de España para su aprobación un plan financiero en el que determinen la manera en que harán frente a las posibles necesidades de capital en que pudiera incurrir Kutxabank, y los criterios básicos de su estrategia de inversión en el banco. El plan financiero inicial deberá presentarse en tres meses desde el nacimiento de la fundación .
13 ¿Acaba ahí la presión?
Ni mucho menos. Las fundaciones bancarias que posean una participación igual o superior al 50% en un banco (véase el 57% de BBK) deberán preparar un plan de diversificación de inversiones y de gestión de riesgos. Programa que deberá incluir compromisos para que la inversión en activos emitidos por una misma contraparte, diferentes de aquellos que presenten elevada liquidez y solvencia, no supere los porcentajes máximos sobre el patrimonio total, en los términos que establezca el Banco de España. +Junto esto, y aquí está el motivo de la discordia y la incertidumbre sobre la venta de acciones, la fundación en cuestión deberá dotar un fondo de reserva para hacer frente a posibles necesidades de recursos propios de Kutxabank que no puedan ser cubiertas con otros recursos y que, a juicio del regulador, pudieran poner en peligro su solvencia. El plan financiero contendrá un calendario de dotaciones mínimas al fondo de reserva hasta alcanzar la cantidad que ordene el Banco de España. El fondo, a su vez, deberá invertirse en instrumentos financieros de elevada liquidez y calidad crediticia, que deberán estar en todo momento plenamente disponibles para su uso por la fundación.
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14 ¿Se puede evitar de algún modo el fondo de reserva?
No obstante lo anterior, el plan financiero de la fundación bancaria no requerirá la constitución del fondo de reserva siempre que se incorpore al plan de diversificación un programa de desinversión (ventas) que incluya de manera detallada las medidas a implementar por la fundación para reducir su participación en la entidad de crédito por debajo del 50% en un plazo máximo de cinco años. Este programa, que tendrá carácter reservado, será aprobado por el Banco de España, que supervisará su cumplimiento y podrá requerir cualquier información que considere pertinente a la fundación.
15 ¿Y si no se detalla al Banco de España lo que se pretende vender en cinco años para bajar del 50%?
En caso de incumplimiento, añade la ley, el regulador (que en realidad hará de brazo ejecutor del BCE) podrá exigir a la fundación bancaria la presentación en el plazo máximo de veinte días de una modificación del plan financiero que incluirá la constitución de un fondo de reserva de acuerdo con lo previsto en este artículo. Vamos, que, en el caso de la cajas vascas, o vendes acciones de Kutxabank (pues son hoy los únicos activos líquidos y realizables que tienen) o el fondo de reserva será impuesto. Estos son los famosos 'incentivos negativos' que algunos traducen como una obligación de rebajar el peso de las kutxas en Kutxabank. En resumen, o buscas la manera de que las cajas tengan otros recursos que dejar en esa 'hucha' intocable por si Kutxabank tiene problemas o los 'hombres de negro' llamarán a tu puerta para hacerte ellos el plan y decidir cuánto y cómo debes vender.
16 ¿Quién vigilará a Kutxa, BBK y Vital?
En este capítulo hay dos niveles de supervisión bien definidos: el del protectorado del Gobierno Vasco, que velará por la legalidad de la constitución y funcionamiento de las fundaciones bancarias, y el del Banco de España y el BCE. Los reguladores financieros estarán ahí precísamente para eso, para vigilar los números, todo lo relativo a los planes de inversión, la reserva, la venta de activos, etc. En su mano tendrán la capacidad de intervenir por las buenas o las malas si lo que desde Euskadi se les presenta no les convence.
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