Competencia insta al Gobierno Vasco a permitir los pisos turísticos en el medio rural
Reclama también al Ayuntamiento de Getaria que cambie sus normas subsidiarias para no establecer «barreras» a esta actividad turística
La Autoridad Vasca de la Competencia (AVC) ha instado al Gobierno Vasco a incorporar «las viviendas para uso turístico y el alojamiento en habitaciones ... de viviendas particulares para uso turístico como figuras alojativas en el medio rural en igualdad de condiciones» con servicios de agroturismo y casas, hoteles y apartamentos rurales. El organismo ha realizado esta recomendación en un informe sobre la regulación en materia de turismo en el que analiza «desde la perspectiva de la competencia de los mercados» la normativa más relevante en materia de turismo de Euskadi.
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En su informe, la autoridad analiza la situación en la que se encuentran los alojamientos en habitaciones y viviendas particulares en el ámbito rural. Recuerda que este tipo de servicios está regulado en la Ley de Turismo «sin que se realice distinción alguna respecto de su ubicación, ya sea en el ámbito urbano, ya sea en el ámbito rural». También recuerda que, antes de que este texto legal entrara en vigor, se puso en marcha el desarrollo reglamentario de los alojamientos en el ámbito rural, en el que solo se regulaban los agroturismos y las casas, hoteles y apartamentos rurales, lo que dejaba fuera a cualquier otra modalidad.
Este olvido quedó refrendado en 2018 con la aprobación de un decreto para regular el sector en el que quedaban excluidos expresamente «los alojamientos que se presten en las viviendas y habitaciones de viviendas particulares de uso turístico situadas en núcleos rurales o en zonas clasificadas como suelo no urbanizable, los alojamientos que presten las personas agricultoras y ganaderas en los caseríos integrados en una explotación agraria y los alojamientos que se presten en edificios o construcciones que respondan a la arquitectura tradicional».
Las claves
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Inclusión Pide que las viviendas particulares para uso turístico se incluyan como alojamientos rurales
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Informed Da la razón a una empresa de pisos turísticos que había recibido un informe desfavorable en Getaria
Este decreto ya fue en su día objeto de un informe en el que la AVC señaló que esta exclusión no está presente en la Ley de Turismo, por lo que «es contraria a la ley». Según el último informe elaborado por el consejo, el hecho de dejar fuera de la regulación a cierto tipo de alojamientos «establece barreras de entrada no necesarias, ni proporcionadas a la realización de la actividad económica de explotación de viviendas para uso turístico en el medio rural y confiere una posición privilegiada a los operadores incumbentes». De esta forma, añade, «se privilegia a quienes realizan la actividad económica de explotación de agroturismos, casas rurales, hoteles rurales, apartamentos rurales y albergues turísticos rurales respecto de los propietarios o inquilinos de las viviendas situadas en el medio rural, quienes se ven imposibilitados de realizar actividad económica alguna y de, en consecuencia, competir con aquellos».
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Uso hotelero
En un segundo informe, Competencia insta al Ayuntamiento de Getaria a modificar las normas subsidiarias de planeamiento, de tal modo «que se recoja y permita la realización de actividades económicas de alojamiento» en pisos o habitaciones en viviendas particulares para uso turístico». Esta petición es la respuesta a una empresa de pisos turísticos que había acudido a la AVC tras recibir un informe desfavorable por parte del Ayuntamiento para desarrollar su actividad.
En su respuesta, la autoridad constata que las normas subsidiarias de Getaria de 2007 «establecen barreras de entrada no necesarias ni proporcionales a la realización de actividades económicas de alojamiento» en pisos o en habitaciones en viviendas para uso turístico, «dado que no incluyen como uso el de las actividades económicas citadas, ni las mismas se incardinan en el uso terciario hotelero».
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