48.000 vascos, beneficiados por el nuevo subsidio de desempleo desde mañana
Las nuevas cuantías, que llegarán hasta los 570 euros, se aplicarán a los nuevos solicitantes, al tiempo que la ayuda se abre a otros colectivos y permite compatibilizarla con un trabajo
San Sebastián
Miércoles, 30 de octubre 2024
El nuevo subsidio por desempleo aprobado en mayo y que entra en vigor mañana, en noviembre, incorpora varias novedades. Así, entre otras cuestiones eleva su ... cuantía hasta los 570 euros al mes excepto para los mayores de 52 años, amplía los colectivos que pueden beneficiarse de esta ayuda y permite compatibilizarla con un empleo a tiempo completo. Eso sí, solo podrán beneficiarse de las nuevas cuantías quienes soliciten el subsidio a partir de este viernes y no quienes ya la están percibiendo.
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Una de las grandes novedades que recoge esta norma es que ofrece también la posibilidad de seguir cobrando la prestación contributiva por desempleo, no solo la asistencial, cuando se accede a un trabajo por un periodo máximo de 180 días. Pero para ello el beneficiario deberá cumplir dos condiciones mínimas: llevar al menos doce meses en situación de desempleo y cobrar un salario que no supere los 1.350 euros al mes, el equivalente al 225% del Iprem. Esto hace que los beneficiarios se amplíen. Así, en Euskadi había en septiembre 20.000 personas que percibían el subsidio de desempleo y la Renta Activa de Inserción, que ahora se incluye en la primera, y otros 28.000 que cobraban una prestación contributiva. En total, 48.000 beneficiados.
Cuándo se puede solicitar
A partir del 1 de noviembre, que es cuando entra en vigor esta nueva reforma del subsidio por desempleo recogida en el Real Decreto-ley 2/2024.
Quién puede solicitarlo
Quienes hayan agotado su prestación contributiva. El subsidio por desempleo se percibe por un periodo máximo de 30 meses y hay tres perfiles que pueden optar a ella: Quienes ya no puedan acceder a una prestación contributiva por haberla agotado; aquellos que no hayan cotizado el tiempo suficiente para acceder a la prestación contributiva, y los desempleados mayores de 52 años. Hasta ahora se han beneficiado en el conjunto del Estado en torno a un millón de personas.
Pero la reforma permitirá que otros colectivos puedan acceder al subsidio: Las personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares; quienes tengan periodos cotizados inferiores a 6 meses y no tengan responsabilidades familiares; trabajadores eventuales agrarios; trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla; víctimas de violencia de género y emigrantes retornados que no tengan derecho a prestación contributiva. Se seguirá mirando la carencia de rentas para acceder a la ayuda, pero solo será necesario acreditar esta situación a nivel personal o a nivel familiar, mientras que antes tenía que hacerse con respecto a la unidad familiar. Otros requisitos son estar dado de alta como demandante de empleo y aceptar las actividades que proponga el SEPE (cursos de formación o entrevistas de trabajo) y no tener ingresos superiores al 75% del SMI.
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Cuantía de las ayudas
A partir de este viernes, 1 de noviembre, la cuantía del subsidio pasa de los actuales 480 euros al mes a 570 euros. Así, esta ayuda pasa a representar el 95% del Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM), fijado en 600 euros, frente al 80% anterior. Sin embargo, irá disminuyendo con el tiempo. Así, se cobrarán 570 euros durante los primeros seis meses, y pasarán a ser 540 euros (90% del IPREM) en los seis meses siguientes, y a 480 euros (80% del IPREM) el resto del tiempo que dure el subsidio. Para los mayores de 52 años se mantienen las cuantías actuales: 480 euros mensuales y sus perceptores cotizarán un 125% de la base mínima para que la futura pensión no se vea perjudicada.
Compatible con el empleo
El subsidio por desempleo podrá cobrarse mientras se trabaja por cuenta ajena y con el complemento de apoyo al empleo. Así, se tendrá la posibilidad de cobrar el subsidio y el sueldo del trabajo por un tiempo máximo de 180 días, independientemente de que sea a tiempo parcial o completo o que se tengan varios contratos a la vez. La cuantía de este complemento dependerá de la jornada laboral y del tiempo que se lleve percibiendo el subsidio. Esto, sin embargo, no entrará en vigor hasta abril de 2025. También será compatible con el Ingreso Mínimo Vital (IMV).
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Obligación de realizar la Declaración de la Renta
Los beneficiarios del subsidio tendrán que hacer la declaración desde 2025 solamente por el hecho de cobrar dicha ayuda, incluso si no se cumple con el umbral mínimo exigible para tener que hacerla. En Euskadi es de 14.000 euros para un pagador y 20.000 para dos pagadores.
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