Un grupo de técnicos monta las máquinas que permiten marcar y trazar las piezas a los clientes de Couth dv

Declaran nulo el ERTE de la empresa Couth Industrial Marking System de Hernani

La sentencia «acusa a la empresa de escasez de documentación, falta de voluntad negociadora y falta de razones organizativas y productivas evidentes», según ha explicado el sindicato ELA

e.p.

Lunes, 14 de noviembre 2022, 14:19

Un Juzgado ha declarado nulo el ERTE presentado por la dirección de la empresa Couth Industrial Marking System, de Hernani (Gipuzkoa). La sentencia «acusa a la empresa de escasez de documentación, falta de voluntad negociadora y falta de razones organizativas y productivas evidentes», según ha explicado el sindicato ELA.

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En un comunicado, ELA ha recordado que la dirección de Couth Industrial Marking System, empresa situada en Hernani dedicada a la fabricación de equipos y máquina herramienta, comunicó su intención de aplicar un ERTE.

Durante el proceso, los representantes de los trabajadores detectaron «numerosas irregularidades». Por un lado, la documentación que entregó la empresa era «totalmente incompleta» y, además, «no mostró voluntad ni buena fe para negociar». Asimismo, ha apuntado que la compañía «fue incapaz de demostrar evidencias de los problemas organizativos y productivos a los que se refería».

ELA ha asegurado que, durante la aplicación del ERTE, algunos trabajadores «han tenido que realizar horas extras». Por otro lado, los empleados afirman que «los trabajos dejados pendientes al finalizar la jornada, al día siguiente los encontraban finalizados».

Además, según han afirmado, «en el mismo momento en que la empresa aplicaba el ERTE ha utilizado el sistema de 'Disponibilidad de Horas' del artículo 9 del Convenio del Metal de Gipuzkoa». Así, en algunos casos, los trabajadores «han estado trabajando al 100%, pero cobrando parte de sus ingresos del SEPE. Siendo esto, un fraude a las arcas sociales», han denunciado.

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El sindicato ELA impugnó el ERTE y la sentencia le ha dado la razón, declarándolo nulo. En consecuencia, la empresa deberá realizar el pago de salarios dejados de percibir por los trabajadores.

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