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Consultorio ATE

¿Cómo tributa la venta de una vivienda habitual por parte de personas mayores de 65 años?

Desde ATE nos dan respuesta a un caso que se da con mucha frecuencia, pero que entraña una serie de detalles y condiciones que, sin duda, deberemos conocer llegado este caso

Martes, 16 de abril 2024, 16:03

Imaginemos que nuestros padres, mayores de 65 años, han vendido su vivienda habitual durante el año 2023 y que, además, tienen intención de vivir en un piso alquilado. ¿Tendrían que tributar por esa venta? Desde ATE, nos explican cómo actuar en un caso que se da de manera habitual.

Y su respuesta es que la ganancia que se genere por la venta de la vivienda habitual por contribuyentes mayores de 65 años estará exenta hasta los primeros 400.000 euros, pero queda sujeta a tributación la ganancia que exceda de este importe. Añaden además que esta exención parcial se aplicará solo en la primera venta que se realice.

La ganancia que exceda de 400.000 euros se calculará por la diferencia entre el valor de venta y el de compra y que al valor de compra se le aplicará un coeficiente de actualización.

La ganancia estará exenta hasta los primeros 400.000 euros

Además, debemos saber que la ganancia sujeta a tributación se integrará en la base del ahorro y tributará:

- A un tipo del 20 % hasta los primeros 2.500 euros.

- Desde 2.500 euros hasta 10.000 euros tributarán al 21 %.

- Desde 10.000 euros hasta 15.000 euros tributarán al 22 %.

- Desde 15.000 euros hasta 30.000 euros tributarán al 23 %.

- Desde 30.000 euros en adelante tributarán al 25 %.

Para cualquier otra duda o aclaración, no dudes en consultar con ATE Grupo en el número de teléfono 943 28 92 11 o en su página web www.ategrupo.com.

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