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Consultorio ATE

¿Qué deducción tiene el alquiler de una vivienda habitual?

No todas las personas tienen la misma deducción por el alquiler de una vivienda habitual. La edad o el número de hijos son, tal y como nos cuentan desde ATE, algunos de los condicionantes

Martes, 16 de abril 2024, 16:16

A la cantidad que pagamos por el alquiler de una vivienda habitual se le pueden aplicar, tal y como nos explican desde ATE, uno de estos tres tipos de deducciones: el 20 % de las rentas pagadas en el año, con un límite de deducción de 1.600 euros anuales; el 25 % de las rentas pagadas en el año, con un límite de deducción de 2.000 euros anuales cuando se trate de contribuyentes titulares de familia numerosa; y el 30 % de las rentas pagadas en el año, con el límite de 2.400 euros, en el caso de menores de 30 años. En este caso, hay que matizar que para la determinación de la edad del contribuyente se tiene en cuenta la edad a 31 de diciembre.

La deducción para las personas menores de 30 años es del 30 %, con un límite de 2.400 euros

También hay que saber que, en el caso de que la tributación sea conjunta, si uno de los cónyuges o miembros de la pareja es mayor y otro menor de 30 años, se aplica el porcentaje de 30 % del importe pagado como renta del año con el límite de 2.400 euros.

La obligación del pago del alquiler

En los casos en que por decisión judicial se hubiera establecido la obligación de pagar el alquiler de la vivienda familiar a cargo exclusivamente de una persona, esta tendrá derecho a la deducción del alquiler. Si esta obligación correspondiera a más de una persona, la deducción se prorrateará entre ellas y cada una se deducirá el 20 % de la cantidad que le haya correspondido, con un límite de 1.600 euros.

Para cualquier otra duda o aclaración, no dudes en consultar con ATE Grupo en el número de teléfono 943 28 92 11 o en su página web www.ategrupo.com.

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