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Viernes, 26 de abril 2024, 09:08
Beltrán Ascensores es una empresa especializada en la instalación de ascensores en comunidades de vecinos. Te ofrece la gestión completa de la obra y te ayuda a tramitar, en tu nombre, todos los expedientes necesarios para ello, para poder obtener de este modo las ayudas y subvenciones que conlleva su instalación. Tanto el Gobierno Vasco como los ayuntamientos ofrecen ayudas de este tipo y, además, la apuesta por estos elementos de accesibilidad conlleva deducciones fiscales.
Desde Beltrán Ascensores, a través de su responsable de área, Borja Rodríguez, nos explican a qué tipo de subvenciones pueden acceder en este 2024 quienes instalen un ascensor.
¿Qué tipo de subvenciones hay disponibles en 2024 para la instalación de ascensores?
Actualmente, el Gobierno Vasco subvenciona a las comunidades de propietarios diferentes obras para la mejora de la accesibilidad:
- Renovación o instalación de ascensores que supriman las barreras arquitectónicas.
- Supresión de barreras arquitectónicas.
- Reformas de los accesos desde la vía pública.
- Renovación de equipos e instrumentos, así como su señalización.
A las comunidades de propietarios se le subvenciona a fondo perdido el 40 % de presupuesto protegible, con un máximo de 30.000 € o 3.000 € por vivienda (la cantidad que resulte menor).
Además de las ayudas a la comunidad, cada uno de los propietarios que participe en el pago de la obra, siempre y cuanto sea su vivienda habitual (es decir, estén empadronados en la vivienda), tiene derecho a solicitar también una subvención a fondo perdido a nivel particular. Ésta varía en función de los ingresos y miembros de la unidad convivencial. Si dentro de la unidad convivencial hay alguna persona mayor de 65 años o con algún tipo de discapacidad, los porcentajes a subvencionar aumentan, llegando incluso a haber casos en los que se les llega a subvencionar hasta el 100 % de su parte.
Lo que sí se concede a todos los propietarios (empadronados) es el derecho a incluir el importe pagado por la obra en la declaración de la renta (en el siguiente ejercicio después de haber recibido la certificación final de la obra).
Por otro lado, hay ayuntamientos que, a nivel municipal, subvencionan este tipo de obras. Algunos lo hacen mediante descuentos en las tasas de la obra y otros conceden directamente una subvención a fondo perdido.
¿Cuáles son los requisitos y criterios para ser elegible para recibir subvenciones?
Beltrán Ascensores también te ayuda a cumplir estos requisitos. A nivel de comunidad, además de toda la documentación que resulta necesario aportar -proyecto de ejecución, licencia de obra municipal o su solicitud, etc.-, es necesario tener pasada la ITE antes de la solicitud de las ayudas, es decir, de la apertura del expediente de las ayudas). Si esta ITE presenta defectos graves, a la hora de cerrar el expediente de las ayudas será necesario haber subsanado estos defectos y presentar el certificado de subsanación de las mismas.
A nivel particular, para que los propietarios puedan recibir una subvención a fondo perdido es necesario, además de estar empadronado en la vivienda, que no se superen los 25.000€ de ingresos ponderados entre todos los miembros de la unidad convivencial. Tanto si existen o no personas empadronadas mayores de 65 años o con algún tipo de discapacidad, el importe máximo es el mismo.
¿Cómo se solicitan y procesan las solicitudes de subvenciones para proyectos de ascensores?
Beltrán Ascensores, autorizado por la comunidad de vecinos, te ayuda en todas las gestiones.
Para solicitar las subvenciones a nivel de comunidad lo que se hace es abrir un expediente telemáticamente, en el que se indican todos los datos correspondientes al edificio, la obra que se va a ejecutar, los importes y las cuotas de participación de cada propietario y, además, se aportan digitalizados todos los documentos exigidos. Se puede decir que este expediente es el 'expediente principal´, ya que dentro de este se incluirá un expediente por cada uno de los propietarios que realice una solicitud individual. De la misma manera, también habrá que aportar digitalizados los documentos exigidos a cada uno.
Una vez ejecutada la obra, se comunica el final de la misma al Gobierno Vasco aportando de manera digital la documentación que piden (certificado final de la obra visado, facturas emitidas, comunicación de puesta en marcha del ascensor ante el departamento de Industria, etc.) y, posteriormente, se recibirán las certificaciones finales.
Una vez recibidas estas certificaciones, el Gobierno Vasco ingresará directamente el importe concedido a cada uno de los solicitantes y a la comunidad en el número de cuenta que aportaron a la hora de abrir el expediente de las ayudas.
¿Existen restricciones geográficas o sectoriales para acceder a ciertas subvenciones?
No existe ningún tipo de restricción. Únicamente a nivel individual, el límite de ingresos ponderados para poder solicitar la subvención a fondo perdido.
¿Cuáles son los plazos típicos asociados con el proceso de solicitud y aprobación de subvenciones?
Con el cambio de normativa en septiembre de 2021, se aumentaron los importes subvencionables y se empezó a permitir comenzar con la obra tras haber abierto el expediente, sin necesidad de esperar un mes.
Por nuestra experiencia puede decirse que, desde la apertura del expediente hasta que se recibe la certificación final, lo habitual es que transcurran entre 18 meses y dos años. Tras recibir la certificación final, lo habitual es que se tarde entre 3 y 4 meses en recibir el ingreso en la cuenta. Si además es un caso en el que sea necesario constituir y registrar una hipoteca unilateral, hay que sumar el tiempo que conlleve esta gestión.
El procedimiento es bastante lento y es muy habitual que se comuniquen finales de obra sin haber recibido las primeras resoluciones.
Sin embargo, hay que tener en cuenta que mientras transcurren estos plazos se está ejecutando la obra, cuya duración dependerá de la complejidad de esta.
¿Cuáles es la función de Beltrán Ascensores en todo este proceso?
Beltrán Ascensores tiene un responsable para todo este proceso que se preocupa de todos estos trámites que, a las comunidades de vecinos, por nuestra experiencia, les resulta muy farragoso y complejo. Siempre actuando, con permiso expreso, de las comunidades de vecinos, en su nombre, y facilitando la coordinación de todo ello.
Dirección Matsaria Kalea, 2, Pabellón 9 (Eibar)
Teléfono 677 42 24 22
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