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Martes, 16 de abril 2024, 13:28
Si durante 2023 hemos percibido una beca para cursar algún estudio universitario, quizás nos haya surgido la duda de si debemos o no incluirla en la declaración de la renta. Los profesionales de ATE Grupo nos dan una respuesta que tiene sus excepciones y que deberíamos conocer.
Desde ATE señalan que no tienes que incluir las becas públicas, las becas concedidas por las entidades sin fines lucrativos y las concedidas por las fundaciones bancarias si estas han sido para investigación o para cursar estudios, tanto en España como en el extranjero, en todos los niveles y grados del sistema educativo hasta el tercer ciclo universitario o doctorado.
En todos los demás casos, las becas no estarán exentas y tributarán como rendimientos de trabajo.
Para cualquier otra duda o aclaración, no dudes en consultar con ATE Grupo en el número de teléfono 943 28 92 11 o en su página web www.ategrupo.com.
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