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Consultorio ATE

¿Si mi cónyuge ha fallecido en 2023 debo declarar sus rentas?

Si hemos pasado por este duro trago durante el pasado año, deberemos tener en cuenta algunos aspectos a la hora de presentar la declaración de la renta de la persona fallecida. ATE nos explica estos condicionantes

Martes, 16 de abril 2024, 13:21

Las personas que fallecen también deben, en muchos casos, declarar sus rentas y son sus herederos los que deben hacerlo. Esta es la respuesta de ATE Grupo a una cuestión delicada, pero que debemos afrontar para dar respuesta a las obligaciones tributarias de la persona fallecida. Eso sí, existen también algunos matices que deberemos conocer.

Podríamos decir que, en caso de fallecer un familiar, son sus herederos quienes deberán cumplir sus obligaciones tributarias siempre y cuando la persona fallecida tuviese la obligación de presentar la declaración de la renta. En caso de que nuestro familiar desaparecido no tuviese esa obligación, nosotros, como herederos, tampoco tendremos esa obligación.

Los herederos deberán presentar su declaración siempre y cuando la persona fallecida tuviera la obligación de hacerlo

Además, debemos saber también que, si a lo largo del año fallece algún miembro de la unidad familiar, los restantes miembros de esa misma unidad podrán elegir entre tributar individualmente o la tributación conjunta incluyendo las rentas de la persona fallecida.

Para cualquier otra duda o aclaración, no dudes en consultar con ATE Grupo en el número de teléfono 943 28 92 11 o en su página web www.ategrupo.com.

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