El Tribunal Supremo anula los pluses a ertzainas por superar los 54 años y por no coger bajas
Estima «discriminatorio» que los agentes mayores que no hacen noches perciban complementos salariales de nocturnidad
david s. olabarri
Miércoles, 28 de septiembre 2022
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que va a causar un gran revuelo en la Ertzaintza. En un fallo contra el que no cabe ... recurso, el alto tribunal confirma el dictamen del Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) y anula dos de los principales pluses salariales que se perciben en la Policía autónoma: los vinculados a la nocturnidad y al Servicio Activo Modulado (SAM) de los agentes de más de 54 años y los relacionados con el absentismo. Los jueces consideran que estos complementos salariales son «discriminatorios», ya que no todos los ertzainas tienen derecho a percibirlos. En la actualidad, unos 3.500 agentes -de los cerca de 7.500 que componen el colectivo- tienen derecho a percibir alguno de estos pluses. Según diversas fuentes, los ertzainas que cobraban estas gratificaciones ganaban entre 800 y 900 euros extra al año.
Se trata de una sentencia de largo recorrido y que, además, sienta jurisprudencia en lo que se refiere a los mayores de 54 años. Estos pluses fueron recurridos por el sindicato Sipe, representado por el abogado Juan Carlos Pérez Cuesta. El letrado argumentó que estos acuerdos vulneraban el «principio de igualdad» ya que no todos los ertzainas tienen derecho a percibirlos. En el fondo del asunto se encuentran determinados complementos del acuerdo regulador que los principales sindicatos de la Ertzaintza firmaron con el Gobierno vasco en 2011 y que venían extendiéndose hasta hoy.
Fue entonces cuando se suscribieron pactos en torno al Servicio Activo Modulado y los extras por evitar el absentismo. El primer punto se centraba en que los agentes mayores de 54 años seguirían percibiendo el complemento por trabajar de noche (unos 22 euros), pero sin tener que hacerlo. Pero, además, si decidían seguir patrullando en ese turno iban a cobrar unos 49 euros, más del doble que el resto de los agentes. El objetivo, según los firmantes, era que los agentes que llevaban décadas trabajando de noche no viesen alterados sus ingresos por dejar de hacer ese turno.
El segundo punto que se recurrió es el plus por evitar el absentismo. En términos generales, aquí la idea era incentivar económicamente a los ertzainas que no cogían bajas médicas pagándoles un dinero extra. Sin embargo, el acuerdo dejaba fuera a los miembros de Seguridad Ciudadana y a los de Investigación de guardia, a los que trabajan en turnos y recogen denuncias. La casuística, en todo caso, es muy amplia. En términos generales, estos acuerdos se han extendido hasta hoy.
Recurso del Gobierno Vasco
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ya dio la razón al sindicato en mayo de 2020 y anuló de «pleno derecho» estos acuerdos. El Gobierno Vasco y los sindicatos Erne y Esan recurrieron. Pero el Supremo ha confirmado la sentencia del alto tribunal vasco. En la sentencia a la que ha tenido acceso DV, los jueces se centran sobre todo en los complementos que perciben los mayores de 54 años, ya que en este punto existe «interés casacional». Es decir, algo sobre lo que todavía no se había pronunciado el alto tribunal y que va a sentar jurisprudencia de cara a futuros contenciosos que pueden afectar a todos los funcionarios.
En este sentido, el Supremo señala que realizar una «distribución de tareas» y organización de la policía en función de las «circunstancias físicas y derivadas de la edad» entra «dentro de lo «razonable» y es «proporcionado». Pero insiste en que pagar más a los policías de más edad por realizar los mismos «servicios» en horario nocturno constituye una «discriminación».
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión