«He tenido reiteradas discrepancias en la rebaja de penas a agresores sexuales»
La jueza que votó en contra de reducir la pena de uno de los miembros de 'La Manada' de 15 a 14 años de cárcel afirma que la ley del 'solo sí es sí' «no ha funcionado en el ámbito sancionador»
Su nombre está en boca de todos por ser la magistrada que ha votado en contra de reducir la pena de prisión de Ángel Boza, ... uno de los miembros de 'La Manada' de Pamplona, discrepando así con sus dos compañeros de tribunal, que por mayoría rebajaron la condena de 15 a 14 años. Esther Erice asegura que esa discrepancia «no es aislada» entre ellos, y opina sobre la polémica ley del 'solo sí es sí', la cual considera que «no ha funcionado en el ámbito sancionador».
– Como magistrada del TSJN, ¿cómo le afecta que una resolución judicial por el caso de 'La Manada' vuelva a ponerles en el ojo del huracán?
– En este tribunal, como en tantos otros, hay miles de resoluciones que son recurribles o no, acertadas o no. Lo vivo dentro de la normalidad, aunque este caso es mucho más mediático. Somos conscientes de ello, pero la preocupación máxima es conseguir acertar con la resolución más adecuada para las partes, ser ajustados a los hechos y al derecho.
–Por su voto discrepante se entiende que no cree que se haya acertado con la decisión.
– Hemos tenido distinto criterio a la hora de interpretar el principio de proporcionalidad, que desde mi punto de vista tiene dos vertientes. Una referida a lo meramente aritmético, que también tiene su importancia, y otra sobre los criterios concurrentes en la sentencia en cuanto a la gravedad de los hechos, la conducta y características de los autores, etc. Y yo creo que hay que combinar ambas. En este caso concreto considero que el resultado de esa combinación no nos da una pena más gravosa aplicando la ley del 'solo sí es sí', sino que cabe imponer los 15 años de prisión.
«Hemos decidido rebajar cuando la sentencia expresaba su voluntad para imponer la pena más baja para ese delito»
–Sorprende que estas decisiones se basen en meras cuentas matemáticas, que es lo que usted tampoco parece compartir.
– No lo comparto. En este caso tendríamos que tener en cuenta que el Tribunal Supremo dictó en la sentencia contra 'La Manada' que la pena debía estar muy próxima al mínimo legal y que debía situarse en el tramo inferior. Pero también que debía ser proporcionada a la gravedad del hecho y que había que tener en cuenta la conducta de los acusados posterior a la realización del delito. El TS concluyó que los hechos son muy graves y que también lo es la actitud posterior de los acusados, y por tanto consideró idóneo imponer la pena de 15 años de cárcel. La pena mínima antes eran 14 años 3 meses y 1 día y ahora es 13 años y 1 día. Pero esos 15 años siguen estando en el tramo inferior de la pena. Por ello no creo necesario volver a hacer una regla matemática exacta.
–¿Es la primera vez que discrepa con sus compañeros?
– No es un caso aislado. Ha habido reiteradas ocasiones en las que en este tribunal hemos tenido esta discrepancia en la revisión de las penas por agresiones sexuales, pero no se ha dado a conocer públicamente como en este caso.
–¿Se abre la puerta a que el resto de agresores de 'La Manada' puedan recurrir y ver su condena rebajada del mismo modo?
– Todavía no hay una resolución definitiva. Hay un recurso ante el Tribunal Supremo, que además en este caso concreto no solo es el más idóneo porque así lo establece la normativa de recursos, sino que es el órgano que dictó esta sentencia y sabe mejor que nadie cuál es la proporcionalidad que quiso aplicar. Por ello va a ser la interpretación más auténtica que podemos tener. Las dos posturas son defendibles. Mis compañeros han argumentado sus razones y el Alto Tribunal es el llamado a resolver. Lógicamente, para la víctima toda revisión es dolorosa porque vuelve a revivir toda la situación y es un trámite desagradable.
–La ley que se creó precisamente a raíz de este caso para endurecer las penas contra los agresores ha acabado beneficiando a uno de ellos. ¿Cómo se explica eso a la sociedad?
– Es una explicación que corresponde dar a quien redacta la norma. Nosotros aplicamos las disposiciones legales e intentamos acertar lo máximo posible, pero el contenido de las normas es competencia del Poder Legislativo. Obviamente siempre hay una valoración del juez, no es una cuestión automática y se valoran los matices de cada caso, pero los límites punitivos son los que la ley marca y hay que atenerse a ellos. Dentro de ese marco penal, se busca la pena más adecuada.
–¿La ley del 'solo sí es sí' está bien enfocada y redactada?
– La ley es extensísima, tiene muchos artículos y siempre estamos hablando de 3 o 4 preceptos que son de índole penal. En otros como la tutela, la prevención, la reparación a las víctimas, etc., hay cosas muy positivas. En el ámbito sancionador no ha funcionado perfectamente porque se ha producido una problemática intensa en cuanto a la revisión. Pero nosotros respetamos al Legislativo, al igual que nos gusta que se respete al Poder Judicial, y solo nos limitamos a aplicarla.
«Hablamos de imponer 15 o 14 años de cárcel, además de 8 de libertad vigilada. En ambos casos son penas graves»
–¿Es una ley más dura contra los agresores que la anterior?
– En este caso concreto que nos ocupa, estamos discutiendo si mantener 15 años de cárcel o bajar a 14. Acompañados de una prohibición de comunicación y aproximación a la víctima de 20 años, y de una libertad vigilada de 8 años. Me parece que son penas graves en ambas normas.
–Se ha reclamado que se debería haber especificado la no aplicación del principio de retroactividad del artículo 2 del Código Penal por el que se argumentan las rebajas. ¿Cree que a la norma le ha faltado ese asterisco?
– Vista la experiencia, eso nos hubiera facilitado mucho la labor. Pero no estaba y en esta situación nos encontramos.
–Hasta el momento más de 1.300 agresores se han beneficiado de esta ley. ¿Se está aplicando correctamente?
– Depende de la resolución. Aunque la prensa se hace eco de algunas de ellas, las que se dictan son un volumen muy superior, muchas más en contra. Hablamos de penas de 15 o 14 años, en las que los agresores están presos todo ese lapso de tiempo, por lo que las personas condenadas en ese periodo por desgracia son muchísimas más de 1.000.
–¿Ha dictado alguna sentencia en la que se ha reducido la pena a un agresor sexual en base a la nueva ley?
– Sí hemos tenido algún auto en el que se ha rebajado la pena, en aquellos casos en los que la sentencia expresaba su voluntad de poner la pena más baja para ese delito porque era un hecho que consideraba que no se debía gravar más. Y en esos casos si la pena mínima cambiaba con la nueva ley, sí la hemos rebajado.
–¿Cómo una misma ley puede tener diferente aplicación dependiendo del tribunal que la interprete? ¿No se debería imponer un criterio único?
– Se impone, porque en definitiva todas las resoluciones de todas las Comunidades Autónomas son recurribles ante el Tribunal Supremo. Es el que fija el criterio y unifica la interpretación, y este verano ha dicho que hay que contemplar supuesto por supuesto y de ahí iremos deduciendo cuáles son las normas generales de interpretación.
«Cuando una normativa no gusta se mira a quien la aplica, cuando no tiene margen en la fase de redacción»
–¿Se ha sentido señalada por ese sector del Gobierno que acusa a los magistrados de no aplicar la ley correctamente para intentar boicotearla?
– No me he sentido especialmente agraviada, porque no es excepcional. Cuando una normativa no gusta se mira a quien la aplica, cuando en realidad no tiene margen en la fase de la redacción legislativa, ni debe tenerlo, ni debe opinar sobre ello. Nosotros confiamos en cumplir nuestras funciones y en que la sociedad va teniendo cada vez una mayor formación democrática y sabe qué responsabilidades tiene cada uno.
–¿No cree que estas situaciones puede hacer que las víctimas recelen aún más de una Justicia a la que ya percibían como un espacio hostil?
– Pudiera ser, y por eso me parece importante insistir en que tanto como 14 como 15 años de prisión son penas graves. Creo que todos estamos sensibilizados con la gravedad del problema, pero los tiempos y las garantías de un derecho como el penal hacen que haya un sistema de recursos que da lugar a esa pluralidad de opiniones y a esos tiempos dilatados. Lo primero no es malo, así va evolucionando y cambiando el derecho. Lo que tenemos que intentar es que el proceso dure lo mínimo posible.
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