¿Vuelve a ser obligatoria en todo momento la mascarilla en Euskadi tras la reunión del LABI?
El lehendakari se acoge a la «ambigüedad» del Real Decreto para advertir que se sancionará su no uso en entornos urbanos transitados, aunque la regulación sigue siendo la misma
El Congreso de los Diputados refrendó ayer jueves el Real Decreto-ley 13/2021, de 24 de junio, por el que se establece una nueva ... regulación en el uso de la mascarilla en todo el Estado. Un Real Decreto que lleva aplicándose prácticamente un mes, pero que ahora, una vez ha sido refrendado en el Parlamento, el lehendakari Iñigo Urkullu considera que resulta «ambiguo». Por eso, con el objetivo de «reforzar» algunos aspectos que el propio Decreto ya contiene, el LABI ha acordado que en Euskadi «será obligatorio el uso de la mascarilla en entornos urbanos transitados y allí donde no se pueda respetar la distancia interpersonal de 1,5 metros». Pero la pregunta es clara: ¿cambia en algo la norma establecida hasta el momento en el uso de la mascarilla?
La respuesta parece clara: No. Y es que el propio Real Decreto ya incluye el uso obligatorio de la mascarilla «en cualquier espacio al aire libre en el que por la aglomeración de personas, no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las mismas, salvo grupos de convivientes». Por tanto, ya se exige esa cuestión que Urkullu quiere reforzar ahora subrayando que es «obligatoria». Otra cosa es que hasta la fecha la relajación en el uso de la mascarilla se haya llevado a tal extremo que muchos hagan caso omiso a esa obligación recogida en el Decreto.
«El Real Decreto señala la obligatoriedad de la mascarilla pero no especifica que debe serlo siempre y eso da margen a la interpretación. Nosotros, para evitar esa interpretación establecemos su obligatoriedad donde no se puede guardar la distancia interpersonal de 1,5 metros y en entornos urbanos transitados», ha explicado Iñigo Urkullu al termino del LABI. Es decir, en el medio natural, en hostelería cuando se esté consumiendo, en playas o en piscinas cuando se esté en la toalla o en el baño, no será obligatorio su uso.
Sancionar si no se usa
Lo que sí que puede cambiar, según ha afirmado el propio lehendakari, es la posibilidad de que las fuerzas de seguridad puedan sancionar o llamar la atención a aquellas personas que en esos entornos muy transitados no lleven puesta la mascarilla. Una situación similar a la que se producía antes del último Real Decreto, y que también podía haberse mantenido desde que entró en vigor el actual, ya que la obligatoriedad de llevar el protector en esos casos figura de manera clara en la redacción del mismo.
«Se va a sancionar si en entornos urbanos no se cumple con el uso de la mascarilla», ha añadido el lehendakari.
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