Si has pasado por este peaje de la AP-9 tienes derecho a que te devuelvan el dinero: afecta a miles de vehículos
Miles de conductores podrán reclamar el cobro de los peajes en esta vía durante el periodo comprendido entre febrero de 2015 y junio de 2018
J.M.
Sábado, 1 de noviembre 2025, 07:35
Miles de conductores usuarios de la autopista AP-9 podrán reclamar el cobro de los peajes en esta vía durante el periodo comprendido entre febrero de 2015 y junio de 2018 después de que el Tribunal Supremo haya dictado una sentencia histórica y considerado abusiva la práctica de cobrar el peaje íntegro durante los años que se realizaron las obras de ampliación del Puente de Rande, que une los municipios de Redondela y Moaña.
La resolución, dada a conocer hace escasas dos semanas, corrige el fallo de la Audiencia Provincial de Pontevedra y da la razón al Ministerio Fiscal y a las asociaciones de consumidores que habían denunciado la práctica.
Según el fallo, que la concesionaria de la autopista cobrase íntegramente el peaje, «pese a la realización de obras que entorpecen una circulación fluida, constituye una práctica no consentida expresamente». Así, los magistrados advierten que Audasa, concesionaria de la Autopista del Atlántico, incurrió en una posición de abuso, ya que «debió cumplir con la información previa (de la situación del vial) a la aceptación por el usuario, señalizando con la antelación suficiente, no solo la realización de las obras, sino también la incidencia que estas podían tener en la fluidez de la circulación».
El Tribunal Supremo determina de manera definitiva que los usuarios de la AP-9 «no consintieron la práctica de cobrarles íntegramente el peaje pese a la defectuosa prestación del servicio, porque no tuvieron la facultad de decidir, al no haber dispuesto de la información pertinente sobre la incidencia del tráfico». Según el fallo judicial, esta falta de información y de reciprocidad contractual constituye «un desequilibrio importante en los derechos y obligaciones de las partes que derivan del contrato, en perjuicio del consumidor o usuario, y una falta de buena fe».
El fallo pone fin a un largo proceso iniciado en 2018, en el que el Ministerio Fiscal denunció que Audasa mantuvo e incluso incrementó los peajes mientras se desarrollaban las obras, pese a las más de 200 retenciones registradas por la Dirección General de Tráfico, 81 de las cuales fueron calificadas como graves por implicar interrupciones o ralentizaciones significativas del tráfico. El tribunal limita la devolución a estos 81 incidentes, descartando su extensión al total de las 202 retenciones señaladas por la Fiscalía.
La sentencia establece que Audasa deberá devolver los peajes cobrados durante los 81 episodios probados, junto con los intereses legales. Para acogerse a la devolución, los conductores deberán acreditar su condición de consumidores (por ejemplo, mediante informe de vida laboral o documento oficial equivalente), demostrar que circularon por los tramos afectados durante las fechas y franjas horarias correspondientes (mediante recibo del peaje o extracto del telepeaje) y justificar las cantidades abonadas.