Lucía Avilés

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Lucía Avilés
La violencia de género tiene muchas caras. Las más conocidas, quizás, son las de tipo sexual, física o psicológica. Pero hay otras que pasan desapercibidas. ... Cuando Lucía Avilés era titular del juzgado penal número 2 de Mataró, presentó una iniciativa legislativa para regular conductas que «estrangulan económicamente a las mujeres». Esta propuesta ha sido recogida en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, convirtiendo a la violencia económica en uno de los grandes ejes de la renovación de este texto, aprobado hace poco más de una semana con el apoyo de todos los grupos parlamentarios, excepto Vox.
– ¿Qué es la violencia económica?
– En una primera aproximación, la violencia económica es la privación reiterada e injustificada de recursos económicos propios o compartidos que persiguen un estrangulamiento económico de la víctima, de sus hijas y de sus hijos, con la finalidad fundamental de hacerlas dependientes económicamente. Esto no supone solamente un perjuicio económico, sino que, como consecuencia de la privación injustificada y reiterada de esos ingresos, se generan otros daños.
– ¿Qué formas adopta?
– Cuando hablamos de violencia económica nos referimos a casos extremos que generan una repercusión, normalmente, de tipo psicológico y les impide realmente desarrollar su vida. Al final, la violencia económica está en la raíz de la violencia de género. Si una mujer no es independiente económicamente, difícilmente podrá salir del ciclo de la violencia. Se suele hablar de tres tipos: el control económico, la explotación económica y el sabotaje laboral. La primera se basa en la monitorización extrema de ingresos y de gastos. La explotación económica, normalmente, se identifica con la apropiación de recursos propios o compartidos; y el sabotaje laboral hace referencia a la colocación de obstáculos, del impedimento o la dificultad de que la víctima pueda obtener sus recursos propios que le permitan su sustento o el de sus hijas o de sus hijos; no solo en la promoción profesional o en el proyecto profesional de la víctima, sino también en las fases previas, como es la formación o la docencia.
– ¿Qué consecuencias puede generar, más allá de las económicas?
– Concretamente, en un caso de impago de atención alimenticia, el hecho de que la hija o el hijo no pueda contar con los recursos económicos suficientes para su sustento puede determinar que no pueda disfrutar de tres platos de comida al día, que no pueda socializar en igualdad de condiciones al resto de sus compañeros y compañeras. Que no pueda llevar a cabo un proyecto de vida digno, que carezca o que pierda la vivienda...
– Dice que la violencia económica puede generar repercusiones psicológicas. ¿Cuál es la diferencia entre ambas?
– Es un elemento fundamental. En muchas ocasiones se dice 'bueno, tampoco hace falta tipificar concretamente la violencia económica cuando ya se puede reconducir como violencia psicológica'. Esto está bien como parche, es decir, siempre y en la medida en la que la violencia psicológica normalmente es la antesala de otro tipo de violencia, nos puede valer. De hecho, la violencia económica o algunas manifestaciones de violencia económica son al final conductas de control, medios de ejercer lo que se denomina violencia de control, que es una manifestación de violencia psicológica. La principal diferencia entre la violencia económica y la psicológica es que la primera se puede ejercer sin tener ningún tipo de contacto, directo o indirecto, ni con el victimario ni con la víctima ni con personas del entorno. La violencia económica, por ejemplo el impago de cuotas hipotecarias o el impago de la pensión alimenticia, realmente no necesitan ningún contacto físico con la víctima.
– La violencia económica está reconocida ahora en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, pero no está tipificada como delito en el Código Penal...
– Una de las manifestaciones de violencia económica, la más clara y de hecho la que dio lugar a que presentara la iniciativa legislativa, es el impago de pensiones alimenticias. Este es un delito que está contemplado en el Código Penal, pero es de manera completamente neutra y descontextualizada de cualquier situación de violencia de género. Es decir, no tiene en cuenta los casos en los que impagando la pensión alimenticia, en la forma y en el modo que nos exige el tipo penal, conduce a una situación de estrangulamiento económico que es perseguida aposta por el propio victimario, por el agresor, con la finalidad de hacer depender a la víctima de él.
– Si no se le pone nombre a esta violencia pasa desapercibida...
– Sí. Uno de los efectos interpuestos en la iniciativa legislativa en el año 2021, y el objetivo final, es que se pueda modificar el Código Penal, porque tenemos una obligación jurídica internacional, asumida a través del Convenio de Estambul en el ámbito del Consejo de Europa, que viene a definir la violencia contra las mujeres desde un punto de vista holístico, porque considera que es aquella que se ejerce contra nosotras de manera desproporcionada por el mero hecho de ser mujeres. Y además incluye, entre el concepto de violencia contra la mujer, a la física, psicológica, sexual y a la económica. Partiendo de este marco jurídico, la iniciativa legislativa lo que pretende es forzar la modificación de la norma.
– ¿Las víctimas son conscientes de la situación de violencia económica que están sufriendo?
– En situaciones así, y sobre todo cuando hay o ha habido una relación afectiva con el victimario, que es lo que sucede normalmente en el ámbito de la violencia contra la mujer, existe mucha resistencia por los propios ciclos de la violencia a identificarse como víctima. Y a eso le añade además el problema de que no está discriminado jurídicamente este aspecto de la violencia contra las mujeres. Es un problema añadido y por eso creo que es un paso muy importante por toda la labor de discusión que se hace en materia de violencia económica. Porque las propias víctimas le pueden poner nombre a aquello que les está pasando. Desde el momento en el que se formula la iniciativa legislativa, se da una difusión de este concepto y una concienciación social.
– La Macroencuesta de Violencia contra la Mujer de 2019 recoge que la económica es la tercera manifestación más frecuente de violencia de género, y que la prevalencia a lo largo de la vida es de 11,5%; ha podido afectar a más de dos millones de mujeres en España.
– Yo creo que si hoy día se hiciera esta macroencuesta, probablemente los datos estadísticos arrojarían un porcentaje quizá un poquito mayor. La violencia económica es una antigua nueva realidad, porque al final lo que hace la iniciativa legislativa es reconfortar, dar respuesta a una deuda histórica con las mujeres de este país. Muchas de nosotras seguramente conocemos casos que perfectamente identificamos con violencia económica que han podido pasar nuestras abuelas, nuestras madres, tías, hermanas, primas... y es fácilmente identificable. Entonces, esta identificación que se ha hecho a nivel social es un primer paso muy bueno porque al final nombrar y renombrar una realidad ayuda a hacer un buen diagnóstico y a poner en su caso las soluciones jurídicas y normativas que se requieren para dar respuesta. De ahí se ha pasado a que los profesionales también identifiquen la violencia económica y está habiendo una creciente demanda en materia de formación, con lo cual ya es un indicativo del interés que está despertando esta materia y de las necesidades de regulación que se está produciendo, porque al final es una materia abierta, en continua evolución, que requiere también una respuesta del legislador. Hemos tenido la respuesta política a través del Pacto de Estado, haciéndolo uno de los grandes ejes de la renovación del éste, y ahora lo que sí se requiere es una respuesta jurídica.
– ¿Es optimista de que este cambio se de más pronto que tarde?
– Al final los cambios a nivel legislativo llevan su tiempo. Es necesario que se esté haciendo de una forma reflexiva y razonada. Hemos conseguido que se incluya en el Pacto de Estado y esto, desde luego, es un paso muy importante. Una modificación legal no se da de la noche a la mañana, y menos en algo de tanta importancia como es la violencia económica en la vida de las mujeres. Sería deseable un gran consenso político como es el que se ha logrado en el Pacto de Estado. Lo suyo hubiera sido una unanimidad parlamentaria, pero el hecho de que la mayoría de las fuerzas políticas se haya alineado y haya blindado el Pacto de Estado para mejorar la vida y los derechos de las mujeres creo que es algo a celebrar y desde luego que se tiene que tender a consolidarse también cuando hablemos de alguna modificación legal en esta materia.
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