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Enfermedades o tratamientos que te impedirán renovar el carnet

Enfermedades o tratamientos que te impedirán renovar el carnet

Según el Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo, existen una serie de enfermedades y tratamientos a los que nos sometemos, que podrían impedirnos renovar el carnet de conducir

El Diario Vasco

Sábado, 14 de marzo 2015, 13:45

Hasta hace no mucho, los controles para la renovación de la licencia de conducir a los que tenían que someterse conductores profesionales -taxis, autobuses, ambulancias y camiones-, nada tenían que ver con los de los conductores de automóviles particulares.

No obstante, de ahora en adelante, los requisitos que deberán cumplirse para poder renovar el carnet serán más estrictos, debido al Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo. En él, vienen recogidas todas las enfermedades o tratamientos médicos que podrían dificultarnos la renovación del permiso de conducir:

-Diabetes: En el caso de que la insulina esté de por medio en el tratamiento, cada cuatro años se deberá presentar un informe especializado.

-Quimioterapia: Las personas que se estén sometiendo a estos tratamientos, deberán esperar 3 meses desde la última sesión realizada para poder renovar su permiso.

-Enfermedades respiratorias: Este tipo de enfermedades supondrán un invonveniente, más aún si hablamos de disneas permanentes con esfuerzo leve o en reposo, lo que provocaría la suspensión de la licencia.

-Enfermedades mentales: En el caso de que resultaran una amenaza para la seguridad vial, sí que se impediría la renovación. Pero por norma general, están sujetas a valoración facultativa. Hablamos de casos como ansiedad, depresión, déficit de atención, psicosis, trastorno de personalidad, esquizofrenia, demencia o trastornos cognitivos o amnésicos.

-Ceguera: Este tipo de problema rechazaría el carnet y su renovación, así como los trastornos graves en el sistema nervioso.

-Epilepsia: Quienes sufran epilepsia, deberán presentar un informe de su neurólogo cada dos o cinco años.

-Vértigo: Impide que el carnet se renueve

-Dolencias cardiovasculares: Dependerá de los tipos de dolencias. Si se han padecido arritmias o síncopes en los últimos meses, sin la presentación de un informe médico no se proseguirá con la renovación. En el caso de los marcapasos, el retraso de la renovación será de 1 mes; un desfibrilador automático, 6 meses y un infarto agudo de miocardio o cirugía de prótesis vascular, conllevaría 3 meses de retraso.

-Enfermedades cerebrovasculares: En el caso de que fueran graves, se impediría completamente la renovación. Sin embargo, los ataques isquémicos obligarían a esperar un total de 6 meses antes de poder actualizarlo.

-Transplante renal: Únicamente se podrá optar a la renovación del permiso de conducir pasados los 6 meses, sin ningún tipo de problema derivado y con un informe médico donde se indique que el paciente está capacitado.

-Medicamentos: Siempre y cuando los medicamentos estén libres de efectos secundarios sobre la capacidad de conducir, sí que se permitirá la actualización.

-Alcohol o drogas: Todas las personas que sean dependientes de alguna de estas dos sustancias, tienen prohibido completamente renovar el carnet.

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