Un juzgado de Vitoria anula 7 de las 133 multas impuestas a Ernai y obliga al Gobierno Vasco a devolver el dinero
Las sanciones ascendían en un primer momento a 290.500 euros y 22 de ellas también han sido rebajadas
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Vitoria ha emitido una sentencia firme con la que anula siete de las 133 multas -que en ... un principio ascendían hasta los 290.500 euros- impuestas a las juventudes de Sortu, Ernai, y obliga al Gobierno Vasco a devolver el dinero de las sanciones y a pagar todos los costes del proceso judicial. También se ha rebajado otras 22 multas de entre 1.500 y 2.500 euros a 600. Así lo han explicado este miércoles en Bilbao los portavoces de Ernai, que han denunciado este proceso como «una operación para arrinconar y desgastar a los movimientos sociales» y para «acabar con la viabilidad de la organización».
Todavía se mantienen en procesos judiciales abiertos 104 militantes de las juventudes de Sortu que también fueron sancionados en dos movilizaciones en Vitoria y Bilbao a favor de la excarcelación de Galder Barbado y Aitor Zelaia. Ambos condenados por la Audiencia Nacional a cuatro años de cárcel por un delito de «depósito de armas y municiones».
La organización juvenil presentó un recurso por cada multa que la Ertzaintza puso a sus miembros en aplicación de la Ley de Seguridad Ciudadana y denunció la «desproporcionalidad y parcialidad» del Departamento de Seguridad ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de Vitoria. El primer juicio se celebró el pasado 28 de noviembre en la capital alavesa y el juez ha admitido el recurso que obliga a la Administración a devolver algunas de las sanciones ya abonadas. Acto seguido, el Gobierno Vasco recurrió la decisión y el juzgado ha fallado finalmente a favor de la organización juvenil.
Los portavoces de Ernai han subrayado este miércoles que hacen «una valoración positiva. Tanto las protestas realizadas en Gasteiz como en Bilbao fueron dos iniciativas que se enmarcan dentro de los parámetros del derecho a la libertad de expresión y de reunión, y que su persecución y prohibición suponen un ataque directo contra los derechos civiles y políticos».
Y han explicado que «el tribunal sostiene que, al no haber sido comunicadas las protestas, existió una infracción administrativa; sin embargo, el hecho de que existiera una infracción no debe implicar una sanción tan severa como las impuestas inicialmente». De hecho, han resaltado, «el juez ha considerado que ello supondría un ataque directo contra el derecho a la protesta, y así lo ha resuelto expresamente, afirmando que los 2.500 euros de la sanción de Bilbao eran desproporcionados».
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