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La Ley de Amnistía será examinada en cuanto a su constitucionalidad por el TC en su pleno del próximo 26 de junio, siempre a partir ... del recurso presentado por el Partido Popular. La ponencia redactada por la vicepresidenta Inmaculada Montalbán considera que, en tanto la Carta Magna no niega «explícita o implícitamente» la eventualidad de que se promulgue una amnistía, su aprobación puede ser perfectamente constitucional dependiendo del contenido de la norma de gracia, al tiempo que rechaza la mayoría de los argumentos expuestos por los recurrentes para echar abajo la Ley Orgánica 1/2024. Empezando por legitimar a las Cortes para sancionar tal iniciativa legislativa, entendiendo que los delitos cometidos en el «contexto» del procés que contempla la norma pueden ser objeto de amnistía, y procediendo a una interpretación positiva de su naturaleza «política», hasta afirmar que «el objetivo que pretende el legislador no es cuestión que incumba a este tribunal». La deliberación final entre los diez magistrados que participarán en la elaboración de la sentencia culminará la discusión institucional sobre el encaje de la Ley de Amnistía en la Constitución. A no ser que el Tribunal Supremo optase por elevar la cuestión al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Aunque la más que probable división de pareceres en el TC, con sus consiguientes votos particulares, impedirá que se cierre el debate sobre la idoneidad democrática de la medida. Sin duda porque, como señala la propia ponencia base, «la amnistía no es el olvido de los hechos, sino la extinción –total o parcial– de las consecuencias jurídicas de carácter represivo anudadas a ellos». En el previsible caso de que la resolución definitiva del TC atienda sustancialmente al borrador de la magistrada Montalbán, las personas que pudieran verse beneficiadas por la amnistía y las organizaciones independentistas alentarán su plena aplicación. Momento en el que aflorará la dificultad que afecta a Carles Puigdemont para regresar a España sin cuentas pendientes con la Justicia, puesto que los delitos de malversación quedan excluidos de la ley de gracia, lo que podría dar lugar a un postrero recurso del expresidente de la Generalitat ante el TC. En cualquier caso, el retorno de Puigdemont no es algo que dependa únicamente del texto definitivo de la Ley de Amnistía, puesto que obedecerá más al insondable designio del líder de Junts: de preservar su mesiánico liderazgo en Waterloo o someterse al principio de realidad de la Cataluña posterior al procés.
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