Tercer revés de los jueces a las restricciones implementadas por el Gobierno Vasco
El TSJPV rechazó en agosto el cierre del ocio nocturno y en octubre, antes del estado de alarma, el límite de seis personas en reuniones
La justicia ha dado un nuevo revés, y va el tercero en esta pandemia, a una de las restricciones decididas por el Gobierno Vasco para ... intentar frenar los contagios. El TSJPV no cree suficientemente justificada la orden de cerrar la hostelería en los municipios que superan una incidencia de contagios de 500 casos por 100.000 habitantes porque, a tenor de la evolución pandémica de los últimos dos meses, no ve una causa-efecto directa entre la apertura de bares y la subida de contagios. Esta decisión, más allá de satisfacer la demanda del sector hostelero, abre otra laguna jurídica al consejo asesor del LABI a la hora de establecer medidas restrictivas que, en este caso, supongan un «quebranto económico grave», como el tribunal estima que ha ocurrido a los dueños de bares y restaurantes.
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La sala de lo Contencioso del Tribunal Superior vasco considera en esta ocasión que las limitaciones que continúan vigentes para el consumo en la hostelería, avalan que la reapertura, aunque sea en localidades en zona roja, «no aparece en este momento como un elemento de riesgo cierto y grave para la salud pública».
El argumento utilizado tiene una parte común con el esgrimido en el primer auto que el pasado agosto tumbó, aunque no por mucho tiempo, el cierre del ocio nocturno. Ahora considera que esta tercera ola es fruto de la movilidad y las reuniones familiares permitidas en Navidad, y entonces, el tribunal tampoco apreció hasta ese momento brotes «significativos» que justificaran el cierre de bares y discotecas a la 1.30 horas como había decretado el Gobierno Vasco. Sin embargo, 13 días después, el TSJPV revocó su decisión al entender que, esta vez sí, había «múltiples focos de contagios» que desaconsejaban el ocio nocturno.
El 22 de octubre, desarboló la intención del Ejecutivo, que elevó consultas, de limitar a seis personas las reuniones en la calle o en casa. Consideró que vulneraba derechos fundamentales. La medida se quedó en recomendación hasta que días después se decretó el nuevo estado de alarma.
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