El nuevo reglamento de Extranjería deja en el aire a 1.500 demandantes de asilo en Gipuzkoa
El tiempo residido en el país durante la petición de la protección internacional no computa a partir de hoy para solicitar el permiso por arraigo, lo que obliga a empezar de cero
El nuevo Reglamento de Extranjería, una reforma que tiene el objetivo de simplificar y agilizar los procedimientos para que los inmigrantes obtengan de forma más ... rápida los permisos de residencia y de trabajo, ha entrado hoy en vigor. Un hito que el Gobierno central celebra al permitir hacer frente al reto demográfico con la posibilidad de regularizar a 900.000 personas los tres próximos años en todo el Estado, una cifra nada desdeñable teniendo en cuenta que los expertos cifran en 400.000 los nuevos puestos que se van a tener que cubrir en Euskadi durante las tres siguientes décadas. Sin embargo, las facilidades de un lado se van a convertir en complicaciones en otro. Los actuales solicitantes de asilo pasan a encontrarse en una encrucijada que pone en juego su futuro.
En general, la nueva norma reduce los plazos y una de las principales novedades es que el tiempo exigido para solicitar el permiso por arraigo se reduce de tres a dos años. Está dirigido a quienes cuenten con un contrato de trabajo, tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente. En el caso del arraigo familiar, no requiere ninguna permanencia mínima.
El artículo de la discordia es el 126b, que señala que «cuando la persona extranjera haya sido solicitante de protección internacional no será computable el tiempo de permanencia en España durante la tramitación de la solicitud de protección internacional hasta su resolución firme».
«Deben cesar en su puesto de trabajo para ser irregulares y empezar a computar el tiempo de permanencia en España»
Sofía Roig
Directora de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno del País Vasco
Sofía Roig, directora del área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno del País Vasco, explica que «para obtener una autorización de arraigo el nuevo reglamento exige que el que lo solicite no puede ser demandante de protección internacional. Es decir, tiene que desistir de esa solicitud y así encontrarse en una situación de irregularidad para empezar a computar el tiempo de permanencia en España y poder solicitar la autorización de arraigo».
«Va a llevar a miles de personas que vean denegada su solicitud de asilo a la irregularidad y a la pérdida de sus trabajos»
María Pérez Lorenzo
Responsable del área jurídica de CEAR en Euskadi
La consecuencia es que los afectados «son gente que está cubierta como solicitante de protección internacional, tiene derecho a trabajar y lo que debe hacer para desistir de su solicitud es cesar en su puesto de trabajo». La propia Roig admite que «el reglamento no ha resuelto del todo la situación de estas personas».
En definitiva, tienen dos opciones: mantener su solicitud y esperar a que sea aprobada, con el riesgo de que resulte denegada, pierda meses computables y tenga que volver al punto de salida; o anular la solicitud para iniciar la cuenta atrás de los dos años con el coste de tener que renunciar al derecho a trabajar.
«Se utiliza la petición de asilo como vía alternativa sin que existan esas razones, la norma trata de ordenar esos flujos»
Patricia Ruiz de Lera
Jefa de la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en Álava
CEAR Euskadi, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, atendió en 2024 a 1.063 demandantes de asilo en su sede de Gipuzkoa –4.853 en Euskadi– y los primeros cuatro meses de este año esa cifra fue de 559 –2.838–. Por lo tanto, alrededor de 1.500 extranjeros van a verse afectados por esta nueva regulación en nuestro territorio.
«Como si acabaran de llegar»
María Pérez Lorenzo es la responsable del área jurídica de CEAR en Euskadi. «Hasta ahora cuando los solicitantes de protección internacional veían denegada su solicitud, como solía tardar varios meses o incluso años en resolverse, lo más común era acudir a una autorización de arraigo», una puerta que «ahora se les cierra al no contabilizar el tiempo que llevan en nuestro territorio». Denuncia que «eso va a llevar a miles de personas que vean denegada su solicitud de protección internacional a la irregularidad y a la pérdida de sus trabajos. En muchos casos son personas que ya están trabajando desde hace tiempo e insertadas en nuestra sociedad, personas que han hecho un gran esfuerzo para formarse, integrarse y salir adelante que ahora van a tener que empezar de cero, prácticamente como si acabaran de llegar».
Patricia Ruiz de Lera, jefa de la oficina de Extranjería en Álava, explica que el motivo de esta modificación en la nueva normativa que ya está en vigor es que se está utilizando la petición de asilo «como vía alternativa sin que existan esas razones», lo que «colapsa» la oficina de asilo y refugio con solicitudes que «terminan denegándose» porque el procedimiento actual marca que se admiten a trámite las solicitudes. «Se trata de atajar y ordenar un poco esos flujos migratorios con este nuevo reglamento. Es decir, que el asilo vaya por su lado, que es la protección internacional, la ley de asilo y un reglamento europeo de aplicación directa; y por otro lado el régimen general y el comunitario. Que cada uno vaya por la vía que le corresponde».
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