La ley de género no contempla la violencia machista para Asier Niebla
javier peñalba
Viernes, 11 de octubre 2019, 06:33
El deseo de la familia de Asier Niebla respecto a que su muerte sea considerada como un acto de violencia machista es a día de ... hoy imposible. La Ley contra la Violencia de Género únicamente contempla como tales los casos en los que la víctima es mujer, de manera que no es de aplicación cuando el sujeto del delito es varón, como sucede en el caso del joven de Urnieta, según indican fuentes judiciales consultadas.
Los familiares de Asier Niebla han expresado en varias ocasiones su deseo de que el fallecimiento de Asier conste en los registros oficiales de víctimas de violencia machista, al igual que se recogen los crímenes de las mujeres asesinadas. En manifestaciones realizadas a este periódico, Juanjo Niebla, hermano de la víctima, argumentó que si un hombre era objeto de una agresión por parte de otro varón al que no conocía y que la única conexión entre víctima y victimario era la mujer con la que se encontraba y que a su vez ésta había sido pareja del presunto autor del delito, debía considerarse como un acto de violencia de género.
Las fuentes judiciales citadas indican que si bien la agresión pudo tener su origen en un ilícito enmarcado en el ámbito de un hecho enmarcado dentro de la violencia de género, al ser la víctima varón carece de dicha consideración. En este sentido, recuerdan que la exposición de motivos de la ley de violencia pone de manifiesto que se considera violencia de género cuando «se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión». La ley contó con la aprobación de todos los representantes en el Congreso de los Diputados. Fue la primera ley integral contra la violencia de género que se dictó en Europa.
Por lo tanto, solo una reforma de la normativa en vigor podría hacer que se modificasen los principios que regulan la Ley contra la Violencia de Género, aunque las fuentes judiciales consultadas afirman que en la actualidad no se observan motivos suficientes como abordar una reestructuración de la ley en el sentido en el que la familia de Niebla propone. Estiman que el Código Penal vigente es garantía suficiente para preservar los derechos en este caso de la familia de Asier.
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