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¿Qué se entiende por desocupación de forma continuada? ¿Es suficiente un empadronamiento simbólico, de unos pocos días, para considerar habitada una vivienda? Si se ... utiliza como indicativo de habitabilidad los consumos de agua, gas o electricidad ¿hay que no llegar a un mínimo en los tres o basta con uno para considerar que un piso está vacío? ¿Habría que atender a las cifras de consumo de un hogar independientemente de los datos de empadronamiento o analizar esos consumos en un periodo determinado vinculado al empadronamiento? ¿Cómo se cuantifica el consumo de agua de un piso en los casos en que un mismo contador es comunitario y atiende a varias viviendas?
Estas y otras preguntas se hace el Ayuntamiento de San Sebastián cuando se le cuestiona por la posibilidad de implantar en la ciudad el canon de 10 euros por metro cuadrado a las viviendas vacías que prevé la normativa vasca, que el consejero de Vivienda, Denis Itxaso, anima a implementar a los municipios, pero que por ahora en todo Euskadi solo está anunciado en Azpeitia.
El consistorio donostiarra, al igual que muchos otros del País Vasco, aduce problemas técnicos y de inseguridad jurídica que dificultan la aplicación de este gravamen con el que el Gobierno Vasco busca incentivar la salida al mercado de una parte de las viviendas vacías de Euskadi.
La tesis que defiende Donostia es que el decreto de vivienda deshabitada que aprobó el Ejecutivo autonómico en junio de 2021 y que regula el canon para las viviendas vacías «deja muchas dudas sin respuesta». Cuestiones que «cada ayuntamiento deberá resolver mediante la interpretación de los preceptos recogidos en su articulado», así como «regulando los aspectos más confusos» del texto para poder cumplirlo «con seguridad jurídica y equidad». Un escenario que hace que la cuestión no quede «lo suficientemente clara y concisa» para quien tiene que imponer ese impuesto y se arriesga a que sea recurrido ante los tribunales.
Canon a pisos vacíos
Normativa El canon viene regulado por el decreto 149/2021 de 8 de junio del Gobierno Vasco, que desarrolla la Ley 3/2015, de 18 de junio, conocida como Ley vasca de Vivienda.
¿Cuánto? 10 euros por metro cuadrado útil de la vivienda, que se incrementará un 10%por cada año que permanezca deshabitada sin que se pueda llegar a superar el triple del importe inicial.
¿Qué viviendas? Aquella que se encuentre desocupada de forma continuada durante dos años a partir del día siguiente desde que pueda ser utilizada para uso residencial.
¿Cómo se acredita? Datos del padrón y/o consumos anormalmente bajos de agua, gas y electricidad. Bien por la ausencia de suministros o por consumos que no lleguen a un tercio de la media.
Entre otras cuestiones, el hecho de que el decreto autonómico establece criterios para calificar una vivienda como deshabitada distintos de los que se usan para poder aplicar el recargo en el IBI también a las viviendas vacías, en cuyo caso la normativa reguladora es una norma foral de ámbito guipuzcoano. En el caso de Donostia, ese recargo es del 150%, el máximo permitido.
Así consta en un informe elaborado sobre este asunto por los servicios financieros del Ayuntamiento que ayer fue trasladado por el Gobierno municipal a los grupos políticos con representación en el consistorio y al que ha tenido acceso este periódico. El texto responde a una moción presentada en enero por Elkarrekin Podemos que fue apoyada por EH Bildu y el PSE, en la que se instaba al Gobierno municipal a aplicar el canon «junto con el actual recargo en el IBI».
El alcalde donostiarra, Eneko Goia, ha reiterado en varias ocasiones que en caso de que la ciudad decidiese cobrar el canon impulsado por el Gobierno Vasco, «lo lógico sería dejar de cobrar el recargo del IBI», ya que «viene a ser lo mismo». Es lo que va a hacer Azpeitia, cuyo recargo en el IBI a las viviendas vacías es del 50% y que desaparecerá para dejar paso al nuevo impuesto.
En el texto, los técnicos municipales enumeran las dificultades que tiene acreditar que una vivienda está efectivamente deshabitada y que lleva así dos años, como es requisito para imponer el canon. En el ya mencionado caso de contadores de agua comunitarios, explican por ejemplo que en Donostia «hay en este momento unos 1.300 medidores generales que dan servicio a 20.580 viviendas».
Pero también advierten de dificultades técnicas para la gestión del impuesto. Por ejemplo la inexistencia de un censo único de viviendas donde figuren recogidos los datos necesarios para calificar un piso como vacío: dirección, número de IBI, contador de agua asignado y empadronamiento. Estos datos están diseminados en diferentes repositorios, algunos fuera de la competencia municipal. El Ayuntamiento afirma que ha «empezado a trabajar» en la elaboración de ese censo «hace unos dos años», recordando que los trabajos de control, definición y eventual gestión del canon exigen recursos, por lo que «habría que dotar de más medios al departamento de Vivienda».
Otra cuestión a resolver es la fecha del cobro. El recargo en el IBI se devenga con fecha 1 de enero, pero en el caso del canon «no está definida», advierten los técnicos. «¿Cuándo se giraría? ¿A medida que se van declarando vacías?Ello obligaría a establecer criterios para priorizar unas viviendas antes que otras», apunta el informe.
Una de las pegas que ve Donostia para implantar el canon que promueve el Gobierno Vasco es que mientras la norma foral de Gipuzkoa que regula el recargo en el IBI a las viviendas vacías distingue entre «residencia habitual» o no, el decreto del canon introduce elementos como la «carencia de suministros» o consumos de agua, gas o electricidad «inferior al mínimo que para uso residencial corresponde anualmente a una persona». Se considerará «indicio suficiente» de inhabitabilidad no llegar a «la tercera parte del consumo medio en la localidad» o, en su defecto, en el terriorio o en Euskadi.
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