El derecho al honor de las personas por encima de la libertad de expresión
El juez destaca que plataformas como Twitter son como «la honda que venció al gigante» al permitir que cualquiera difunda sus opiniones a miles de personas
La sentencia que condena a Iñaki Badiola por injurias y calumnias cometidas a través de una red social supone una nueva advertencia para aquellos que utilizan el anonimato que ofrecen algunas plataformas para difamar a terceros. En el fallo, de 146 páginas, el juez Santiago Romero Buck Arstad dedica un apartado a argumentar por qué los mensajes que publicó Badiola a través de Twitter superan el límite de lo que se considera la libertad de expresión y los considera delictivos.
Indica el juez que la protección constitucional del derecho a la libertad de expresión se debe situar «en un plano inferior a la protección al derecho al honor de las personas destinatarias de sus mensajes», y recuerda que no puede ejercitar ese derecho el que de forma anónima «aprovecha las nuevas tecnologías para atentar contra el honor de las personas, físicas o jurídicas».
Respecto a su carácter delictivo, señala en el caso de quienes fueron calumniados que el expresidente de la Real Sociedad les acusó de «corruptos, chorizos o implicados en tramas de corrupción judicial y de pederastia», lo cual a su juicio «traspasa de lejos los límites constitucionalmente admisibles a la libertad de expresión». Añade además que todas esas imputaciones se hicieron «con absoluto desprecio a la verdad, de forma torticera y falsaria, pues ninguna de estas afirmaciones tenían el más mínimo sustento probatorio», y «con el único propósito de causar el mayor daño posible» a las personas a las que dirigía sus ataques.
Respecto a Twitter y otras plataformas similares, señala que son «como la honda que venció al gigante, al permitir que cualquier persona difunda sus ideas u opiniones a miles de usuarios». Insiste el magistrado en la publicidad de las injurias y calumnias vertidas, ya que tales tuits fueron «visualizados, compartidos y objeto de varios retweets por una gran cantidad de personas, indeterminada de forma exacta pero, sin duda, elevada».
«Terribles afirmaciones»
En su argumentario el juez hace además referencia al nombre que utilizó Iñaki Badiola en sus cuentas, Gipuzkoa Confidencial. Romero apunta que este «evoca a actuales y reconocidos medios de comunicación (como El confidencial, Confidencial Digital, Confilegal, etc.)», por lo que «dotó de esta forma a sus cuentas de una capa superficial de credibilidad capaz de, al menos, generar en sus seguidores dudas sobre la veracidad de sus terribles afirmaciones».