

Secciones
Servicios
Destacamos
El Ayuntamiento de Legazpi y las empresas demandadas tendrán que pagar una indemnización de 376.305 euros (7.524 entre CIE Legazpi y SIDENOR y ... 368.780 el Ayuntamiento de Legazpi) por incumplir medidas de seguridad con el amianto. En el juicio celebrado el pasado 16 de diciembre el Juzgado de lo Social de Eibar estimó la demanda de reclamación de daños, presentada por A. G., enfermo afectado de cáncer pleural. La cuantía es proporcional al tiempo de exposición al riesgo del amianto.
En la demanda de reclamación de daños se detalla que «los incumplimientos de las empresas de la normativa de seguridad supusieron un notable y significativo incremento del riesgo para la salud del trabajador».
El demandante fue empleado del Ayuntamiento de Legazpi entre 1979 y 2016, expuesto al amianto sobre todo en el periodo en el que trabajó como encargado de aguas. Acompañaba al equipo de mantenimiento para realizar reparaciones de las conducciones de fibrocemento instaladas para traer agua del Pantano de Barrendiola al municipio de Legazpi. En dichos trabajos, «el Ayuntamiento no les informó del riesgo, no les dio protecciones respiratorias ni aspiraciones localizadas y tampoco les realizaron una vigilancia médica específica». En agosto de este año, el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) le declaró «afecto de una Incapacidad Permanente Absoluta derivada de enfermedad profesional».
La Asociación Vasca de Víctimas del Amianto (ASVIAMIE) ha mostrado su «satisfacción» por la sentencia a través de un comunicado. No obstante, insiste en que es necesaria «la adopción por las empresas de las rigurosas medidas de seguridad frente a las sustancias cancerígenas, que debe convertirse en una prioridad social para proteger la salud de los trabajadores y trabajadoras».
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Pillado en la A-1 drogado, con un arma y con más de 39.000 euros
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.